MANUAL DERECHO INTERNACIONAL

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Se habla del prestador característico o de la prestación característica , pero que ver qué se entiende por ella. Es aquella que refleja la esencia de la relación contractual en el sentido de ser determinante de la categoría a la que pertenece. Con carácter general, en los contratos con obligaciones recíprocas, suele corresponderse con la prestación distinta de la dineraria

EJEMPLO:

En el caso de un arrendamiento de bienes muebles, la prestación característica correspondería al arrendatario que pone a disposición los bienes y no al arrendador que paga un precio por su utilización. Pagar un precio es común a prácticamente todos los contratos.

REDACCIÓN Y CLAUSULADO MÍNIMO DE UN CONTRATO DE COMERCIO 11.2. INTERNACIONAL

REDACCIÓN

Claramente, en la redacción de los contratos internacionales se da una mayor complejidad técnica que en la de los nacionales, por lo que requieren mayor detalle en su clausulado.

En los contratos nacionales se sabe a ciencia cierta que la normativa interna puede “completar” lo que no se establezca expresamente en el contrato. Ambas partes negocian sobre una base jurídica común y segura, cosa que no ocurre en la contratación internacional.

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