MANUAL DERECHO INTERNACIONAL

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Extinción De La Oferta

Ante la llegada de una oferta, el destinatario puede adoptar alguna de las siguientes opciones:

- Rechazar la oferta. También se aplica la teoría de la recepción.

- Aceptarla (A este supuesto nos referiremos después)

- Ignorarla. La caducidad o extinción de la oferta se da también con la expiración del plazo (fijado por el oferente o señalado legalmente) o el cumplimiento de la condición que la hacía irrevocable, circunstancias estas que pueden darse mientras el destinatario ignora la oferta o mientras, habiéndose interesado en ella, no reacciona aceptando oportunamente.

Evidentemente, una vez extinguida la oferta, el oferente queda liberado, salvo cuando ha sido aceptada.

11.5.

ACEPTACIÓN

Modos de aceptación

1. Declaraciones o actos del destinatario que indican aceptación

La aceptación puede hacerse de forma expresa (verbalmente o por escrito) y también de manera tácita.

Pero hay que tener en cuenta que, por ejemplo, en la CVIM –cuya estructura seguimos por haber marcado la pauta en esta materia— se permite a los Estados firmantes hacer una reserva a este criterio, a través de la cual no se admiten ofertas ni aceptaciones que no sean por escrito.

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