MANUAL DERECHO INTERNACIONAL

MANUAL DERECHO INTERNACIONAL

- Si el domicilio del demandado es dudoso o desconocido, se da preferencia a la aplicación del Reglamento frente a ciudadanos de la UE.

Por otro lado, las reglas sobre competencia judicial internacional contenidas en el Reglamento se aplican aunque la internacionalidad del litigio no provenga de la conexión con dos Estados miembros, sino que basta con que sea internacional en sentido lato y genérico.

EJEMPLO

Si una empresa de Corea del Sur presenta una reclamación de pago contra una empresa española con domicilio en Córdoba, y el pago tiene su causa en un contrato de distribución firmado por ambas empresas en Seúl, la competencia será de los órganos jurisdiccionales españoles, puesto que el demandado tiene su domicilio en España. Ello, independientemente de que el problema no presente ningún vínculo con otro Estado miembro de la UE.

Sin embargo, el criterio del domicilio del demandado tiene 3 excepciones :

Los foros exclusivos .

 La libre elección por las partes, independientemente de su domicilio  Las reglas especiales que, en cuanto a contratos de seguro, consumo y trabajo, determinan la competencia dando preferencia al tomador o asegurado, consumidor y al trabajador frente a domiciliados en terceros Estados, siempre que dichos tomadores o asegurados, consumidores o trabajadores tengan su domicilio en la UE.

Jerarquía de foros

El Reglamento Bruselas I bis nos ofrece una jerarquía de foros para determinar el tribunal competente en los casos en que pueda existir más de uno.

1º Foro exclusivo

 2º Foro por sumisión de las partes  3º Foros general y especial

138

European Open Business School

Made with FlippingBook - Online catalogs