MANUAL DERECHO INTERNACIONAL
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Foros de protección para ciertos contratos.
Se trata de contratos en los que se considera que hay una parte más débil a la que, por tanto, hay necesidad de proteger, y para ellos se establecen normas especiales, en las que se pretende que el litigio se desarrolle en un órgano jurisdiccional cercano a la parte protegida. Tres son los casos recogidos en el RBIbis:
Contratos de seguro. Contratos de consumo. Contratos individuales de trabajo.
ARBITRAJE COMERCIAL INTERNACIONAL
El arbitraje se puede definir como un procedimiento de resolución de conflictos en el que las partes someten su controversia voluntariamente a la decisión de una persona (árbitro) o varias (tribunal arbitral) ajenas a las partes, que se comprometen a cumplirlo.
Su naturaleza jurídica es mixta: contractual y procesal:
Es un contrato en cuanto a su manera de constituirse, pues requiere que las partes incluyan una cláusula compromisoria en el contrato (o bien que se pongan de acuerdo posteriormente), en someter sus disputas a arbitraje, puesto que el lugar “natural”, en defecto de pacto, para resolver dichas disputas es la organización judicial.
Sin embargo, sus efectos son procesales (jurisdiccionales).
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