MANUAL DERECHO INTERNACIONAL

MANUAL DERECHO INTERNACIONAL

El arbitraje puede ser:

- Nacional o internacional. Será internacional cuando las partes tengan su establecimiento en Estados diferentes

- De derecho o de equidad. Si las partes no pactan otra cosa, el arbitraje será de derecho

 En el arbitraje de derecho el árbitro debe resolver de acuerdo con las normas que las partes hayan escogido (normalmente en el mismo contrato), o las que en su defecto resulten de aplicación. Normalmente se permite que la norma elegida no sea necesariamente la de un país determinado, es decir, la norma aplicable puede ser la Lex Mercatoria o alguna de sus manifestaciones, como los Principios de UNIDROIT.

Ya dijimos en el tema anterior, que los árbitros en esta cuestión son más “liberales” en cuanto a la consideración de la Lex Mercatoria como un ordenamiento jurídico completo, y del que forman parte los precedentes arbitrales.

 En el arbitraje de equidad el tribunal resolverá conforme a su leal saber y entender, sin sujeción a norma legal.

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