MANUAL DERECHO INTERNACIONAL
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CONTENIDO DEL CONTRATO
El vendedor, como en todas las compraventas, deberá entregar las mercancías, transmitir su propiedad y entregar también los documentos correspondientes. Al respecto, hay que hacer algunas precisiones:
- En cuanto al lugar de entrega y como no podía ser de otro modo, rige el principio de autonomía de la voluntad de las partes. A falta de pacto, se aplican las normas de la CVIM:
o Cuando el contrato incluye el transporte de las mercancías a cargo del comprador , el vendedor cumple con su obligación de entrega cuando pone las mercancías en poder del primer porteador para que las traslade al comprador.
o Cuando el contrato no incluye transporte y su objeto son mercaderías que hayan de extraerse de una masa determinada o que deban ser manufacturadas o producidas y cuando en el momento de celebración del contrato, las partes sepan que las mercaderías se encuentran o deben ser manufacturadas o producidas en un lugar determinado, el vendedor se libera de su obligación de entrega cuando las pone a disposición del comprador en ese lugar.
o Cláusula residual, para el caso de que no sea de aplicación lo señalado anteriormente: el vendedor cumple con su obligación poniendo las mercancías a disposición del comprador en el lugar donde el vendedor tenga su establecimiento
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