MANUAL DERECHO INTERNACIONAL

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12.3.

INCOTERMS 2010

Los INCOTERMS (Términos Internacionales de Comercio) fueron ideados y creados por Cámara de Comercio Internacional en el año 1936, recogiendo usos y prácticas habituales en el Comercio Internacional

Parece prácticamente innecesario comentar que la sistemática de las compraventas internacionales ha variado y mucho desde 1936 hasta nuestros días, por lo que los INCOTERMS se han ido modificando por la propia C.C.I. y haciéndose sucesivas ediciones, normalmente cada 10 años (INCOTERMS 1980, 1990, 2000, 2010). Pero como no son ley, sino un acuerdo entre las partes, se podrá elegir la versión que más convenga a las partes. Obviamente, cuando usemos la más actualizada, se adaptará mejor a la operatividad del momento, pero no es obligatorio hacerlo.

EJEMPLO

El uso masivo del contenedor en el transporte internacional no se ha producido hace tantos años, y menos, por ejemplo, la consolidación de cargas de distintos titulares en un mismo contenedor, por lo que si escogemos una versión antigua, corremos el riesgo de que estas circunstancias no estén contempladas.

Sus principales finalidades son:

- Establecer un conjunto de reglas internacionales para la interpretación de los términos utilizados en el comercio internacional. Así podrán evitarse las incertidumbres derivadas de las distintas interpretaciones de tales términos en diferentes países. Tienen carácter facultativo y se basan en las prácticas más o menos estandarizadas por los comerciantes.

- Definen básicamente el punto hasta el cual el vendedor es responsable de la mercancía y cuáles son los gastos a su cargo y que, por lo tanto, estarán incluidos en el precio que se facture.

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