MANUAL DERECHO INTERNACIONAL
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13.2.
CONTRATO DE AGENCIA
DEFINICIÓN Y CARACTERÍSTICAS
Se trata de un contrato por el que el agente (persona física o jurídica) se obliga frente a otra persona (llamado empresario o principal, en nuestro estudio el exportador), de manera estable o continuada y a cambio de una remuneración, a promover actos y operaciones de comercio por cuenta ajena o a promoverlos y concluirlos por cuenta y en nombre ajenos. El agente actúa como intermediario independiente, sin asumir, salvo pacto en contrario, el riesgo de las operaciones.
Por tanto, sus características principales son:
Estabilidad de la relación.
El agente actúa por cuenta ajena, es decir, del empresario o principal, sin asumir personalmente el riesgo de las operaciones. Por ello, su remuneración se calcula en función de las ventas realizadas por su mediación.
El agente es un intermediario independiente, no es un empleado del principal.
Esencialidad de la confianza recíproca y la buena fe
Como es un sistema muy sencillo frente a otras posibles alternativas, es muy usado en el comercio internacional.
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