MANUAL DERECHO INTERNACIONAL

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Terminación del contrato y posible indemnización

Con base en la legislación de la Unión Europea y en su transposición a la legislación española a través de la Ley 12/1992, de 27 de mayo, sobre Contrato de Agencia, se puede señalar:

 En los contratos de agencia tienen especial importancia las estipulaciones sobre duración y terminación del contrato.

 Normalmente, la legislación trata de proteger al agente , protección que se manifiesta de forma significativa en este tema.

 El contrato puede pactarse de duración por tiempo determinado o indefinido.

 Los contratos por tiempo determinado se extinguirán cuando transcurra el tiempo pactado, pero si continúan siendo ejecutados por ambas partes, se transforman en contratos de duración indefinida.

 En los contratos por tiempo indefinido hay que hacer referencia a un elemento esencial: el preaviso , que es de un mes para cada año de vigencia del contrato, con un máximo de seis meses. En caso de que la vigencia hubiera sido menor a un año, el plazo será de un mes.

Se pueden pactar plazos de preaviso mayores, pero nunca el plazo para el agente puede ser inferior al establecido para el empresario.

EJEMPLO:

Una empresa y un agente tienen suscrito un contrato de agencia. Si en él se pacta un plazo para preavisar superior para el agente y, por tanto, inferior para la empresa, la cláusula se tendrá por no puesta y se aplicará el plazo establecido por la Ley.

Por supuesto, no se requiere preaviso en caso de incumplimiento por alguna de las partes ni cuando una de ellas haya sido declarada en concurso.

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