MANUAL DERECHO INTERNACIONAL

MANUAL DERECHO INTERNACIONAL

REGULACIÓN JURÍDICA Y MODELO DE LA CÁMARA DE COMERCIO INTERNACIONAL

No existe una regulación internacional uniforme. Eso sí, habrá que tener siempre en cuenta dentro de la UE la necesidad de respetar las normas sobre competencia, puesto que son imperativas, independientemente de la ley aplicable que se elija.

De nuevo la Cámara de Comercio Internacional ha creado su propio modelo basado en los usos y prácticas internacionales, así como en los Principios Unidroit. Dicho modelo, al igual que hemos visto en el contrato de agencia, se revisa periódicamente a fin de ajustarlo a los nuevos usos existentes.

Contrato de distribución en exclusiva y no en exclusiva

Con los distribuidores cabe la doble opción: exclusividad o no exclusividad. Al comienzo, muchas veces se inicia sin exclusividad o con exclusividad limitada y, si el distribuidor da buenos resultados al exportador, se le “premia” con la exclusividad. Le ayuda a desarrollar una clientela específica para su cliente.

En la distribución exclusiva , el distribuidor será el único que podrá vender los productos o prestar los servicios del exportador en una delimitación geográfica determinada.

Clausulado mínimo

El contrato de distribución no es obligatorio que se haga por escrito , pero para el bien de la relación contractual, lo habitual es hacerlo así.

Siempre hay que tener en cuenta que rige el principio de autonomía de la voluntad de las partes.

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