MANUAL DERECHO INTERNACIONAL

MANUAL DERECHO INTERNACIONAL

En realidad, se puede hablar de varios tipos de DIP:

 Un Derecho Internacional que determina las competencias estatales.  Un Derecho Internacional que desarrolla los principios y métodos de cooperación.  Un Derecho Internacional sancionador de los casos de violación de las normas.  Un Derecho Internacional que provee la maquinaria del cambio pacífico y regula la solución de los conflictos. No se trata de diferentes contenidos de un mismo Derecho, sino de una auténtica tipología que describe el grado de homogeneidad de una sociedad de acuerdo con la prevalencia de uno u otro tipo de Derecho internacional. Así podríamos afirmar que:

 Un Derecho internacional esencialmente competencialista , de naturaleza básicamente estática, puede ser causa de vehementes y explosivos conflictos en períodos sociales muy dinámicos.

 La existencia de un Derecho internacional que marcadamente regule la cooperación en la consecución de objetivos comunes quizás pudiera ayudar a prevenir las confrontaciones en un mundo dividido por la desigual estructura económica internacional.

 Sin embargo, un Derecho internacional con acento sancionador ante las violaciones de las obligaciones internacionales podría ser totalmente ineficaz si se limitara a un código de prohibiciones sin, al mismo tiempo, dar salida o solución a problemas acuciantes de la sociedad internacional.

 Finalmente, es posiblemente en torno a un Derecho internacional como mecanismo de cambio pacífico donde se plantean las mayores demandas en época de rápida transición o de insatisfacción básica con la situación en la que se encuentra la sociedad internacional.

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