MANUAL DERECHO INTERNACIONAL

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Se goza de los derechos otorgados por la patente desde que es registrada en la oficina correspondiente:

- Si es nacional, en la oficina del respectivo país. (EJEMPLO en España la Oficina Española de Patentes y Marcas) - Si es europea, en la Oficina Europea de Patentes (EPO) - Las patentes PCT, se registran en la Oficina Mundial de Propiedad Intelectual (OMPI).

www.oepm.es

www.epo.org

www.wipo.int

Una vez registrada, la patente nacional sólo otorgará a su titular una protección territorial que abarca el Estado concreto para el que ha sido solicitada.

El sistema de patente europea, mediante una única solicitud permite obtener la protección para todos o algunos de los Estados firmantes del Convenio de 5 de octubre de 1973 sobre la concesión de las patentes europeas. Pero el titular debe validar la patente europea en los Estados para los que la misma ha sido solicitada.

De manera muy similar se desempeña la patente PCT puesto que en el Tratado de Cooperación de Patentes (PCT) al que antes se hizo referencia, se estipula que con una única solicitud internacional de patente se obtiene el mismo efecto que con las solicitudes nacionales presentadas en los países designados.

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