MANUAL DERECHO INTERNACIONAL

MANUAL DERECHO INTERNACIONAL

- No se puede prohibir el uso privado por terceros y realizado sin fin concurrencial. - No se pueden prohibir los actos experimentales referidos al objeto de la invención.

EJEMPLO:

Los productores de medicamentos genéricos pueden utilizar los productos patentados sin autorización de su titular a fin de preparar las versiones genéricas para el momento en que venza el plazo de la patente.

- El titular de una patente no tiene derecho a impedir que quienes de buena fe y con anterioridad a la fecha de prioridad de la patente hubiesen venido explotando en el país lo que sea el objeto de la misma, o hubiesen hecho preparativos serios y efectivos para explotar dicho objeto, prosigan o inicien su explotación en la misma forma en que la venían realizando hasta entonces o para la que habían hecho los preparativos y en la medida adecuada para atender a las necesidades razonables de su empresa. Este derecho de explotación sólo es transmisible juntamente con las empresas.

- El titular de una patente no puede invocarla para defenderse de acusaciones de infracciones de otras invenciones anteriores a la suya.

- El titular de una patente dependiente tiene que pedir autorización al titular de la patente principal para su explotación.

- La explotación de una patente no se puede hacer de forma contraria a la Ley, la moral, el orden público, la salud pública…

Pero las patentes sí que pueden ser licenciadas, cedidas, transmitidas e incluso expropiadas en caso de interés social.

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