MANUAL DERECHO INTERNACIONAL

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10. DERECHO DE LA COMPETENCIA

10.1.

INTRODUCCIÓN

Cuando se trata del Derecho de la competencia, lo primero que hay que señalar es que comprende dos conjuntos de normas : el Derecho antimonopolio y el Derecho de la competencia desleal.

Ambos conjuntos de normas tienen la misma finalidad: asegurar que el funcionamiento del mercado es efectivamente competitivo.

Resulta obvio que no parece muy lógico que dos “Derechos” tengan el mismo ámbito de aplicación. Y es que, realmente no es así, pues si bien su objetivo es idéntico, no ocurre lo mismo con la perspectiva que adopta cada uno de ellos para conseguirlo.

La separación entre el Derecho antimonopolio y el Derecho de la competencia desleal puede establecerse afirmando que el primero adopta una perspectiva macroeconómica , en el sentido de que trata de reprimir aquellos comportamientos que por la potencia de los que lo realizan o por la amplitud de sus efectos, son susceptibles de afectar al funcionamiento concurrencial del mercado en todo o en parte del territorio de que se trate, mientras que el Derecho de la competencia desleal adopta, más bien, una perspectiva microeconómica , es decir, trata de proteger a los empresarios y a los consumidores frente a comportamientos anticompetitivos. Por decirlo de un modo más concreto, lo que diferencia el ámbito de aplicación de las normas antimonopolio del de las normas de competencia desleal tiene que ver con los efectos que produce la conducta que se analiza. El Derecho antimonopolio no debe aplicarse si la conducta carece de efectos en el mercado, mientras que para que se aplique el Derecho de la competencia desleal basta con que los intereses de un competidor o de un consumidor se vean afectados por la misma.

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