GESTION DE RRHH

GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS

Por lo tanto, con la retribución en especie más que a buscar una fuente de

ventajas fiscales para el trabajador, debe orientarse a que cumpla

fundamentalmente una función de motivación, de retención del individuo en la

empresa.

Se encuadran bajo éste epígrafe todos los conceptos no monetarios que

integran el paquete retributivo, pudiéndose señalar, al tener un mayor significado

económico para la empresa y para el empleado, entre otros, los siguientes:

 Coche de empresa: estaremos en presencia de este elemento

retributivo cuando, el empleado -normalmente está reservado al

personal directivo o de ventas- puede utilizar, tanto para uso

profesional como personal o particular, un vehículo entregado

por la empresa, y que puede ser propiedad de la misma o en

régimen de alquiler, renting, etc.

Tendrá la consideración de retribución en especie cuando el empleado no

lo utilice exclusivamente para uso profesional. Dicha puesta a disposición, suele

implicar que la empresa corra con todos los gastos (seguro, combustible,

mantenimiento, etc.), así como de su cambio por otro nuevo al cabo de un periodo

de tiempo, superado un determinado kilometraje, etc.

La concesión de un automóvil como parte de la política salarial sirve sobre

todo para reconocer estatus, teniendo su incidencia en aspectos ya comentados,

como la atracción o fidelización de los mejores profesionales.

Cuando se disfruta de este beneficio, el empleado tributa como retribución

en especie, valorándose en el 20% anual de su coste total. A dicha cantidad hay

que sumar los gastos que pague la empresa.

En el supuesto que el empleado decidiera en un determinado momento

quedarse con el coche, se computará el coste como nuevo, descontando las

imputaciones del 20% antes mencionados, ya efectuadas.

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