MANUAL COMERCIO INTERNACIONAL

MANUAL COMERCIO INTERNACIONAL

o Llevar contabilidad independiente de los actos y operaciones relativos a cada empresario por cuya cuenta actúe.

o No hacer competencia al empresario principal.

 Obligaciones del principal.

o Con antelación y en cantidad apropiada, poner a disposición del agente muestrarios, catálogos, tarifas, etc., necesarios para el desarrollo de la actividad.

o Procurar toda la información necesaria para la ejecución del contrato (por ejemplo: novedades, previsiones reducción volumen operaciones).

o Comunicar aceptación o rechazo de la operación en plazo 15 días.

o Remuneración (cantidad fija, comisión o combinación de ambas).

 Causas de extinción del contrato.

o Por mutuo acuerdo entre las partes.

o En caso de contrato de duración determinada, por el transcurso del tiempo pactado.

o En caso de contrato de duración indefinida, cualquiera de las partes puede denunciar unilateralmente la terminación del contrato, debiendo cumplir con la obligación de preavisar con determinada antelación. En España el preaviso es de un mes para cada año de vigencia del contrato hasta un máximo de seis meses.

No existe la obligación de cumplir con este preaviso en caso de:

 Incumplimiento total o parcial por alguna de las partes.  Declaración de concurso de cualquiera de las partes.  Muerte o declaración de fallecimiento del agente, únicamente cuando éste sea persona física.

 Indemnizaciones a favor del agente a la extinción del contrato.

Deben distinguirse dos tipos de indemnizaciones:

o Por clientela. Cuando se extinga el contrato de agencia, sea por tiempo determinado o indefinido, el agente que haya aportado nuevos clientes

160

European Open Business School

Made with FlippingBook flipbook maker