Organizacion y gestion del area de trabajo asignada en la Unidad/Gabinete de Dietetica

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❘ ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN DEL ÁREA DE TRABAJO ASIGNADA EN LA UNIDAD/GABINETE DE DIETÉTICA

El IVA cobrado por el vendedor o emisor al cliente a través de la venta es una actuación de intermediación, dado que posteriormente el emisor deberá entregar el gravamen aplicado al Estado. La aplicación territorial del impuesto se aplica en la península e Islas Baleares, quedando excluidos de su ámbito de aplicación las Islas Cana- rias y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. Podemos decir a diferencia de otros sistemas de impuestos indirectos que el IVA tiene un carácter neutro, dado que no supone a la empre- sa ni gastos ni ingresos, si lo bienes adquiridos en la producción son empleados en sus procesos de producción o comercial. Su normativa reguladora se encuentra en la directiva sexta de la Unión Europea y en el Estado Español a partir de la Ley 37/1992 sobre el IVA y el Real Decreto 1624/1992. ❱  Tipo general (21 %): con aplicación a todas las operaciones sujetas a IVA realizadas desde el 1 de septiembre del 2012, con las excepciones que se les apliquen los otros dos tipos. ◗  Portes, ropa, coches, mobiliario, ordenadores, etc. ❱  Tipo reducido (10 %): ◗  Aguas y alimentos, transporte de personas y servicios de hoste- lería. ◗  Equipos médicos, aparatos y demás instrumental que esté diseña- do para uso de personas que tengan discapacidad física, mental, intelectual o sensorial. Se incluyen las gafas graduadas, lentillas y productos para su cuidado. ❱  Tipo superreducido (4 %): ◗  Alimentos de primera necesidad (pan, leche, frutas, verduras, etc.), libros y periódicos. ◗  Medicamentos de uso humano, formas galénicas, fórmulas magis- trales y preparados oficiales. ◗  Prótesis, prótesis e implantes internos para personas con disca- pacidad. ◗  Con efectos desde el 5 de julio de 2018 y vigencia indefinida, el artículo 78 de la LPGE 2018: ❙ Rebaja el tipo impositivo aplicable a la entrada a las salas cine- matográficas, que pasa de tributar del 21 % al 10 %. ❙ Amplía la aplicación del 4 % a los servicios de teleasistencia, ayuda a domicilio, centro de día y de noche y atención residencial a personas en situación de dependencia cuando se conceda una prestación económica que cubra más del 10% del precio, en lugar de exigir que cubra más del 75 %. A partir de la reforme de 2012 y con vigencia actual e indefinida se establecieron tres tipos impositivos:

RECUERDA QUE El IVA fue creado en

1986 por exigencia de la Comunidad Económica Europea, sustituyendo al Impuesto sobre el Tráfico de Empresas, y fue objeto de reforma a nivel comunitario en 1992 para adaptarlo al denominado mercado

interior dentro de la Unión Europea que

supuso la supresión de los controles en frontera.

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