MANUAL DIRECCIÓN GENERAL REVISADO

DIRECCIÓN GENERAL

16. Los empleados

Se trata de una rama del derecho que tiene por objeto la tutela del trabajo humano, productivo, libre y por cuenta ajena tan fundamental en las empresas.

Este derecho incluye el conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones entre empleados, trabajadores, asociaciones sindicales, empresarios y el Estado. Se trata de normar la actividad humana lícita prestada por un trabajador en dependencia de un empleador a cambio de una contraprestación.

En la mayoría de los países las constituciones y otras normas marco regulan los derechos y libertades de los individuos, así como los derechos sociales, incluyendo las garantías mínimas para los trabajadores como son:

 Derecho al trabajo.

 Derecho a un salario mínimo.

 Indemnización ante despido injusto.

 Regulación de una jornada laboral, un descaso semanal y unas vacaciones.

 Seguridad social.

 Derechos de sindicación, de huelga y de cierre patronal.

 Regulación de la seguridad e higiene en la empresa.

 Derecho a negociar colectivamente.

Además, existen tratados internacionales como fuente directa de regulación de derechos laborales, garantizando a los trabajadores de los países signatarios derechos de mínimos que los estados firmantes se obligan a respetar.

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