MANUAL COMERCIO INTERNACIONAL

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 Subrogatorio: permite al asegurador, una vez abonada la indemnización al asegurado, asumir todos los derechos de este último ante terceros, por ejemplo porteadores, ante quienes podrá ejercer las acciones necesarias e incluso demandar en reclamación de los daños que considere causados por los mencionados terceros.

Los elementos personales del contrato de seguro son:

 Asegurador: es la persona que cubre el riesgo.

 Asegurado: es la otra parte contratante, es decir, la persona que se compromete al pago de la prima al asegurador a cambio de obtener de éste la correspondiente indemnización, caso de producirse el riesgo asegurado.

 Tomador: persona que pacta el contrato de seguro con el asegurador, asumiendo las obligaciones que de dicho contrato se derivan.

 Beneficiario: quien se beneficia de la posible indemnización en caso de que se produzca el riesgo.

Las tres figuras de asegurado, tomador y beneficiario pueden confluir en una sola que cumpla los tres requisitos, pero existen, situaciones en las que podernos encontrar personas distintas para cada posición. Así, por ejemplo, una operación comercial en condiciones CIF ha sido encargada por el exportador (asegurado) a un intermediario (tomador) para que coordine y concierte, entre otras cosas, el seguro de transporte, incluyendo como beneficiario de la póliza, de conformidad con la compraventa CIF, al destinatario o comprador.

b).- MODALIDADES DEL SEGURO DE TRANSPORTE

Existen varias clasificaciones posibles:

Por el tipo de transporte:

 Convenio d Marítimo.  Terrestre.  Fluvial o lacustre.  Aéreo.

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