MANUAL COMERCIO INTERNACIONAL

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k).- El simple envasado de en botellas, botes, frascos, bolsas, estuches y cajas, o la colocación sobre cartulinas o tableros, y cualquier otra operación sencilla de envasado.

l).- La colocación o impresión de marcas, etiquetas, logotipos y otros signos distintivos similares en los productos y en sus envases.

m).- La simple mezcla de productos, incluso de clases diferentes, si uno o más componentes de la mezcla no reúnen las condiciones establecidas en la presente sección para considerarlos productos originarios de un país beneficiario de la Comunidad.

n).- El simple montaje de partes de artículos para formar un artículo completo o el desmontaje de artículos en sus partes.

o).- La combinación de dos o más de las operaciones especificadas en las letras a).- a n).-

p).- El sacrificio de animales.

D) Sistemas de Acumulación de Origen

Para favorecer la integración económica regional, de un determinado país se podrá acumular a las materias originarias de ese país materias originarias de otro país, pero de su mismo grupo regional, con lo que se facilitan las posibilidades de suministro a partir de estos países. Siempre que el producto terminado adquiera el carácter originario, se asigna éste a cualquiera de los países socios participantes en la operación, conforme a disposiciones concretas:

1).-Acumulación Bilateral

se produce entre dos socios y permite a un operador del país A utilizar materias originarias del país B como si fueran originarias de A, y al contrario, ya que los criterios de determinación del origen sólo se aplican a las mercancías no originarias; así, basta que la operación efectuada sea «más que mínima» para conferir el origen de A; esta forma de acumulación se aplica en todos los acuerdos bilaterales celebrados por la Comunidad (Chile, México, Sudáfrica, etc...), así como en sus regímenes preferenciales autónomos (SPG , Balcanes occidentales, PTU ).

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