MANUAL APV BBVA MODULO I - page 14

Impuesto Global Complementario:
Es un impuesto personal, global, progresivo y complementario
que se determina y paga una vez al año por las personas naturales
con domicilio o residencia en Chile, sean chilenas o extranjeras.
Deben pagarlo los que tengan rentas acumuladas en el año sobre
13,5 UTA. $ 6.513.372.-
Este impuesto se aplica a las naturales en la medida que hayan
recibido ingresos de distintas fuentes (intereses, dividendos,
ganancias por ventas de acciones o fondos mutuos y sueldo, entre
otros). De ahí que su carácter sea “global”. A este impuesto
también están afectos los trabajadores independientes, siempre
que sus rentas superen el tramo exento fijado por la ley (13,5
UTA, $6.513.372)
Es importante mencionar, también, que este gravamen se aplica
básicamente sobre las rentas efectivamente percibidas.
Glosario de Términos
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