Especial Colegios Profesionales 2015

COLEGIOS PROFESIONALES 4

Domingo 22.03.15 LA VOZ

¿Qué es un colegio profesional y para qué sirve?

Configurar códigos deontólogicos para los asociados y evitar el intrusismo son dos de los principales cometidos de estas asociaciones :: LA VOZ CÁDIZ. Según uno de los oráculos de nuestro tiempo, la Wikipedia, un co- legio profesional es «una asociación de carácter gremial integrada por quienes ejercen una profesión liberal y que sue- len estar amparados por el Estado». Agrega que «sus miembros asociados son conocidos como colegiados; cuan- do se dedican a actividades manuales o artesanas se emplea el nombre tradi- cional de gremio». En realidad guardan muchas semejanzas con los tradicio- nales gremios surgidos en la Baja Edad Media en cuanto a la defensa y organi- zación de las profesiones se refiere. Solo que si en aquel entonces eran los oficios artesanales los que se agrupa- ban (zapateros, herreros, canteros) aho- ra son las profesiones liberales las que emplean este sistema de defensa y or- ganización. Eso sí, si aquellos gremios constituían un grupo cerrado en sí mis- mos, los actuales colegios profesiona- les constituyen un puente entre los profesionales y la sociedad y destacan por tratar de contagiar a la sociedad en la que se encuentran de los conoci- El origen de los actuales colegios pro- fesionales se configura desde finales del siglo XVIII como evolución de los antiguos gremios. En esta fecha y, so- bre todo, desde mediados del siglo XIX, comienza a proliferar una conciencia de pertenencia entre los profesiona- les liberales como médicos, abogados, arquitectos... que entienden la nece- sidad de asociarse para regular la pro- fesión y evitar tanto la competencia desleal como para asegurar la defensa de sus miembros. Llegado el siglo XX, con la configura- ción de los estadosmodernos tal y como los conocemos, los gobiernos encuen- tran en los colegios profesionales una herramienta para el control de determi- nadas actividades y empieza a estrechar- se la relación entre ambos hasta el pun- to de que los colegios profesionales se convierten en entidades de derecho pú- blico. Y es que los gobiernos (integrados en el caso tanto en el caso de las dicta- duras como, sobre todo, de las democra- mientos de sus agrupados. Origen de los colegios

El origen de los colegios profesionales se remonta al siglo XVIII con el auge de las profesiones liberales La pertenencia a estas entidades es, en algunos casos, obligatorio para poder ejercer una profesión Fomentar la formación continua de los asociados es una de sus misiones fundamentales

Conferencia en el Colegio de Arquitectos de Cádiz. :: ANTONIO VÁZQUEZ

Entre las misiones de los modernos colegios profesionales se encuentra la de establecer códigos deontológicos que rijan la actividad de sus miembros. Esto no quiere decir que impongan una ma- nera de pensar a susmiembros, que pue- den acogerse a cláusulas de conciencia en muchos casos. Lo que sí es funda- mental en este aspecto es que los cole- gios, ante el incumplimiento de las nor- mas, pueden determinar la expulsión o sanción temporal de uno de sus miem- bros, lo que en algunos casos (como en el de losmédicos) les imposibilita el ejer- cicio de su profesión. En paralelo, una de las funciones de los colegios profesionales es la de, en algunas profesiones, determinar las condiciones del servicio que se pres- ta a los ciudadanos y, en especial, fijar los precios para evitar la competen- cia desleal. En la actualidad, otra de las misiones que se han fijado los colegios profesio- nales es la de promover la formación continua de sus asociados mediante la realización de cursos y jornadas. En cuanto a la realización de las jornadas, cada vezmás están encaminadas a acer- car las características de la profesión al público en general y al universitario en particular. No son extraños los acuer- dos de colaboración entre colegio ofi- cial y la Universidad.

men jurídico de los Colegios Profesiona- les y el ejercicio de las profesiones ti- tuladas. La estructura interna y el fun- cionamiento de los Colegios, deberán ser democráticos». Para poder colegiar- se es imprescindible estar en posesión de la titulación oficial que exija el Cole- gio Profesional y cumplir los estatutos (en lamayoría de los casos, basta con pa- gar las cuotas). En ningún caso, se pue- de impedir una colegiación pero sí se puede expulsar a un miembro por in- cumplimiento de alguna de las normas.

cias, por profesionales liberales) ven en estas instituciones la manera tanto de garantizar la calidad de los profesiona- les (ya que luchan contra el intrusismo laboral) como de defender los intereses de la profesión, lo quemejoraba sus con- diciones. La colaboración entre ambas instituciones culminó con la obligación, en algunos casos, de estar colegiado para poder ejercer. En la propiaConstitución Española se recoge el derecho de la co- legiación en el artículo 36: «La ley regu- lará las peculiaridades propias del régi-

Sede del Colegio Oficial de Ingenieros de Cádiz. :: LA VOZ

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