Normativa IGB SALTOKI

ITC-ICG 07 Instalaciones receptoras de combustibles gaseosos

2) Tubo de conductos independientes (un tubo para entrada de aire y otro para salida de los PdC). Tanto para el tubo de salida de los PdC como el de entrada de aire puede sobresalir como máximo 10 cm de la superficie de la fachada. En ambos casos, se pueden colocar rejillas en los extremos diseñados por el fabricante. b) A través de la superficie de fachada perteneciente al ámbito de una terraza, balcón o galería techadas y abiertas al exterior En este caso caben dos posibilidades:

1) El eje del tubo de salida de los PdC se encuentra a una distancia igual o inferior a 30 cm respecto del techo de la terraza, balcón o galería, medidos perpendicularmente. En este caso solo se permite en edificación construida, en esta situación, el tubo se debe prolongar hacia el límite del techo de la terraza, balcón o galería de forma que entre el mismo y el extremo del tubo se guarde una distancia máxima de 10 cm, prevaleciendo las indicaciones del fabricante. 2) El eje del tubo de salida de los PdC se encuentra a una distancia superior a 30 cm respecto del techo de la terraza, balcón o galería, medidos perpendicularmente. En esta situación, el extremo de dicho tubo no debe sobresalir de la pared que atraviesa más de 10 cm, prevaleciendo las indicaciones del fabricante:

≤ 10 cm

≤ 30 cm

Solo en edi cación construida

> 30 cm ≤ 10 cm

> 30 cm

≤ 10 cm

c) A través de fachada, celosía o similar, existiendo una cornisa o balcón en cota superior a la de salida de los PdC

Se debe seguir el mismo criterio del caso b), siendo el límite a considerar el de la cornisa o alero.

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