Normativa IGB SALTOKI
ITC-ICG 07 Instalaciones receptoras de combustibles gaseosos
▫ Comprobar que quedan cerradas, bloqueadas y precintadas las llaves de conexión de aquellos aparatos a gas pendientes de instalación o de puesta en marcha, además deben taponarse dichas llaves en aquellos casos en que el aparato correspondiente está pendiente de instalación. ▫ Abrir la llave de acometida y purgar las instalaciones que van a quedar en servicio que en el caso más general deben ser: acometida interior, instalación común y si se da el caso las instalaciones individuales que sean objeto de puesta en servicio. La operación de purgado se debe realizar con las precauciones necesarias asegurándose que al darla por acabada no existe mezcla de aire-gas dentro de los límites de inflamabilidad en el interior de las instalaciones dejadas en servicio. ▫ Verificar la estanquidad de la instalación a la presión de operación. ▫ Dejar la instalación en servicio, si se obtienen resultados favorables en las comprobaciones. ▫ Extender un certificado de pruebas previas y puesta en servicio del que debe entregarse una copia al titular o usuario. En el caso de una instalación receptora suministrada desde depósitos fijos de GLP, la puesta en servicio se debe realizar tras el primer llenado de la instalación de almacenamiento. Resumen UNE 60670-10: 2014 Instalaciones receptoras de gas suministradas a una presión máxima de operación (MOP) inferior o igual a 5 bar Parte 10: Verificación del mantenimiento de las condiciones de seguridad de los aparatos en su instalación Esta UNE establece las directrices necesarias para verificar que las condiciones de seguridad del aparato una vez instalado se mantienen de forma correcta. Generalidades Previamente a la puesta en marcha de un aparato a gas, se debe comprobar que está preparado y es adecuado para el tipo de gas que se le va a suministrar, que lleva el marcado requerido por la legislación vigente. La puesta en marcha de aparatos a gas debe incluir la realización de un certificado de puesta en marcha según lo dispuesto en la legislación vigente. Comprobaciones para la puesta en marcha de los aparatos a gas Una vez instalado el aparato a gas para su puesta en marcha se deben efectuar las comprobaciones necesarias que aseguren su buen funcionamiento. Siempre se deben efectuar las comprobaciones indicadas por el fabricante del aparato en el manual de instrucciones, y además, y como mínimo según el tipo de aparato, las operaciones indicadas en la tabla siguiente.
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