Normativa IGB SALTOKI

Diámetro nominal de la tubería

Separación máxima entre elementos de sujeción (m)

si DN en mm si DN en pulgadas

tramo horizontal

tramo vertical

DN ≤ 15

DN ≤ 1/2”

1,0

1,5

15 < DN ≤ 28

1/2” < DN ≤ 1”

1,5

2,0

28 < DN ≤ 42

1” < DN ≤ 1 1/2”

2,5

3,0

DN > 42

DN > 1 1/2”

3,0

3,5 (al menos una sujeción por planta)

Las distancias mínimas de separación de una tubería vista a conducciones de otros servicios (electricidad, agua, vapor, chimeneas, mecanismos eléctricos), debe ser de 3 cm tanto en curso paralelo como en cruce. La distancia mínima al suelo será de 3 cm. Todas las distancias anteriores se miden entre las partes exteriores de los elementos considerados (conducciones o mecanismos). No debe haber contacto entre tuberías, ni con estructuras metálicas del edificio. Las instalaciones que discurran por el exterior del edificio deben ajustar al mínimo posible su distancia de separación respecto a la estructura exterior de este, siempre que técnicamente la solución de instalación de gas sea factible. Cerca de la llave del montante y en cualquier caso una vez en zona comunitaria, se debe señalizar la tubería con la palabra “gas” o con una franja amarilla situada en zona visible. Para las tuberías vistas no se puede utilizar tubo de polietileno. c) Tuberías alojadas en vainas o conductos Generalidades Las tuberías alojadas en vainas o conductos deben ser continuas o bien unidas por soldaduras, y no tendrán órganos de maniobra, en todo su recorrido por la vaina o conducto, las vainas o conductos deben estar protegidos contra la posible entrada de agua en su interior. Esta modalidad se puede utilizar para ocultar tuberías por motivos decorativos. Las tuberías de gas no precisan instalarse en el interior de una vaina o conducto en los locales en los que estén ubicados los aparatos de consumo, siempre que los locales cumplen lo especificado en la UNE 60670-6 en cuanto a requisitos de ventilación de los mismos. Esta forma de ubicación de las tuberías se debe utilizar en los siguientes casos: Para protección mecánica de tuberías – Cuando se tenga que proteger de golpes fortuitos o cuando discurran por zonas de circulación y/o estacionamiento de vehículos que pueden recibir impactos o choques de estos. – Cuando las tuberías no sean de acero y discurran por fachadas exteriores a la propiedad, se protegerán mecánicamente con vainas o conductos hasta una altura mínima de 1,8 m respecto al nivel del suelo.

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