MANUAL GERENCIA DE PROYECTOS DE LA CONTRSUCCIÓN

MANUAL GERENCIA DE PROYECTOS DE LA CONSTRUCCIÓN

En el caso, que así se estipule en las condiciones de la licitación podrá acompañarse la propuesta económica de una propuesta de variantes y mejoras.

Informes de evaluación 4.3.

Realizadas las pertinente apertura de la proposiciones se realizara un informe de evaluación de las mismas de acuerdo a los criterios que quedarán establecidos en el anuncio de licitación y en los pliegos de contratación.

Serán criterios a tener en consideración para la adjudicación de las licitaciones, entre otros:

 El precio. Este criterio será el que se tenga en cuenta en licitaciones con un solo criterio de valoración  Calidad  Plazo de ejecución o entrega  Tratamiento de las condiciones medioambientales o sociales  Rentabilidad  Características estéticas y funcionales. Con el fin de poder realizar una comparativa entre las diferentes ofertas se realizara una cuantificación del valor de cada uno de los criterios planteados y estableciendo el peso de cada uno en la valoración final. Realizada la valoración se desarrollará el informe de evaluación de las licitaciones presentando la clasificación de las ofertas recibidas por orden decreciente, incorporando al informe la motivación de la adjudicación y el resumen de las razones por la que han sido rechazadas el resto.

La evaluación debe permitir no dejar desierta la adjudicación ante ofertas que cumplan los requisitos exigidos.

El informe de evaluación deberá recoger aquellas ofertas con valores anormales o desproporcionados, bien en el caso de un solo criterio de precio, o bien en aquellas ofertas que están sujetas a varios criterios. En este caso las empresas al que le corresponda deberán justificar la adecuación de la oferta presentada, si el órgano evaluador no entiende como válidas las justificaciones quedará rechazada la oferta

Contratos 4.4.

En el ámbito del contrato privado se ha desarrollado en puntos anteriores los tipos de contrato más habituales

Atendiendo a la clasificación que figura en el Según Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público nos encontramos, entre otros; con los siguientes tipos de contratos.

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