MANUAL COMERCIO INTERNACIONAL

MANUAL COMERCIO INTERNACIONAL

10.4.22 RECOMENDACIONES PARA EL EXPORTADOR

 Entregue los documentos tal como se los solicita el importador, sin errores,

completos, etc., con el fin de que no pueda rehusar su pago por deficiencias en

los mismos.

 Ponga cuidado en que los documentos que le solicite el importador sean usuales

y de fácil obtención.

 Dé instrucciones concretas a su banco en cuanto a protestar o no la letra por

falta de pago. En este caso siempre es conveniente el protesto ya que permite

emprender acciones ejecutivas con mayor celeridad.

 Indique por cuenta de quién son los gastos del banco presentador de la letra.

 En el caso de que el importador no acepte los documentos, deberá instruir a su

banco respecto al destino de éstos.

 En caso de impago deberá decidir qué hacer con las mercancías:

 Almacenarlas

 Asegurarlas

 Venderlas a un tercero

 Retornarlas a España

 Utilice este sistema de cobro preferentemente si:

o No desconfía del importador

o La mercancía no es perecedera y tiene fácil colocación en

otros mercados

o En último caso, compensa retornarla a España.

10.4.23 REMESA DOCUMENTARIA CON PAGO DIFERIDO

 La mercancía sale con destino al punto convenido.

 El exportador entrega la letra con vencimiento aplazado y los documentos en su

banco con instrucciones de entregarlos al importador contra la aceptación de la

letra.

 El banco del exportador envía los documentos y las letras al banco del

importador.

 El banco del comprador recoge la aceptación en la letra y la devuelve al banco

del exportador.

 Este último banco entrega la letra aceptada al exportador.

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