MANUAL COMERCIO INTERNACIONAL

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10.3.24 RIESGOS BÁSICOS PARA EL EXPORTADOR

 Que el importador no acepte la letra ni se haga cargo de los documentos.

 Que el importador acepte la letra y se haga cargo de la mercancía, pero no pague

la letra.

10.4.25 VENTAJAS PARA EL EXPORTADOR

 Si el importador no acepta la letra, la mercancía sigue siendo de su propiedad.

10.4.26 RECOMENDACIONES PARA EL EXPORTADOR

 Son idénticas que en las remesas documentarias con pago al contado, salvo en el

caso de impago después de la aceptación de la letra ya que, en este supuesto, la

mercancía habrá sido retirada con anterioridad por el importador.

10.4.27 CRÉDITO DOCUMENTÁRIO CON PAGO AL CONTADO

 El importador ordena a su banco que proceda a la apertura del crédito

documentarlo.

 El banco, una vez estudiado el riesgo que contrae, avisa el crédito al exportador

utilizando los servicios de un tercer banco.

 Este último banco avisa el crédito al exportador añadiendo o no su confirmación,

según corresponda.

 El exportador, una vez examinado el contenido del crédito y encontrándolo

conforme, procede a embarcar o a poner a disposición del importador la mercancía.

 Entrega los documentos en el banco que le ha avisado el crédito (banco avisador) y

éste, encontrándolos conformes, procede al pago de la exportación.

 El banco avisador remite los documentos al banco del importador (el que emitió el

crédito o banco emisor) que, si son conformes, le reembolsará su importe.

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