MANUAL COMERCIO INTERNACIONAL

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 http://www.telecotrans.es/fenadismer/index2.html

Federación nacional de asociaciones de transporte

 www.fenadismer.es

Federación Nacional de Asociaciones de Transporte

PROTECCIÓN JURIDICA ECONÓMICA EN LAS MERCANCÍAS. LOS SEGUROS

A) ORIENTACION es concerniente a la responsabilidad y el daño excede de

los límites de responsabilidad, en cuyo caso se habla de póliza de seguros.

B) SEGURO Tiene por finalidad reponer al asegurado tras un siniestro, de la

forma más próxima posible a la situación anterior a sufrirlo y, si ello no es posible,

darle una compensación económica o indemnización que atenúe los efectos del daño.

Nunca se cubre el riesgo total de la operación.

EL CONTRATO DEL SEGURO: Una de las partes (ASEGURADOR) a cambio

de un pago (PRIMA), se obliga a satisfacer económicamente (INDEMNIZACIÓN) a la

otra parte (ASEGURADO) o a un tercero (BENEFICIARIO) en el caso de que ocurra

un riesgo (HECHO PREVISIBLE). El documento que refleja el contrato se llama

POLIZA.

Se establecen LIMITES DE COBERTURA.

En los elementos del contrato tenemos que contemplar elementos como son

los reales (objeto del seguro de personas y cosas, riesgo y prima), los formales (qué

objetivos se aseguran, cual es la clase de riesgo, día y hora en la que se inicia el

contrato, otras cláusulas y la firma) y los personales (como el tomador de seguro y el

beneficiario).

En los efectos del contrato hay que analizar las obligaciones y los derechos

tanto del asegurado como del asegurador.

En la clasificación del contrato cuando actúa en daños o sobre personas

En los tipos de pólizas como pueden ser a prima fija, o la de seguros mutuos o

la flotante cuando se hacen envíos sucesivos.

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