Tarifa Frans Bonhomme

CONDICIONES GENERALES DE VENTA DE FRANS BONHOMME ESPAÑA S.L.U.

3.- Precios. (i). Por el sólo hecho de realizar un pedido se entenderá que el Cliente acepta las tarifas de precios y las condiciones de pago vigentes en ese momento, las cuales podrán siempre ser modificadas por FBE para las futuras operaciones. Las nuevas tarifas y/o condiciones de pago aprobadas por FBE serán aplicables a todos aquellos pedidos que se realicen a partir de su entrada en vigor. Los precios no incluyen el embalaje del Producto, su transporte, ni cualquier otro gasto o coste adicional, los cuales se facturarán aparte. No cabe aplicar descuentos a los precios salvo que exista acuerdo expreso y por escrito otorgado por FBE. (ii). FBE se reserva, en cualquier caso, la facultad de solicitar una provisión de fondos a cuenta del importe total del precio para atender los costes y gastos que incurrirá frente a sus proveedores. (iii). Los precios están expresados en EUROS y se incrementarán con el Impuesto sobre el Valor Añadido (“IVA”) o cualesquiera otros tributos y gastos que resulten aplicables según la legislación vigente en el momento de facturación. (iv). En el caso de que, debido a factores ajenos a FBE, tales como incrementos en los costes de las materias primas o de la mano de obra, el incremento o la imposición de aranceles, huelgas, alteraciones en los tipos de cambio, restricciones derivadas de pandemias, declaración de Estado de Alarma, Estado de Excepción, u otras situaciones análogas que limiten la movilidad, etc., se vean incrementados los costes del Producto solicitado; FBE podrá, poniéndolo previamente en conocimiento del Cliente, incrementar el precio del Producto con anterioridad a su entrega. En el caso de que al Cliente rechazase las nuevas condiciones respecto a los precios, podrá entonces desistir de su pedido. No obstante, en el caso de que las partes hayan convenido un plazo de entrega del Producto superior a dos (2) meses desde la conclusión del contrato, FBE tendrá derecho, en todo caso, a efectuar los ajustes en el precio que vengan producidos por las razones anteriormente indicadas, sin que el Cliente pueda oponerse a dichos ajustes, viniendo éste obligado a aceptar las variaciones efectuadas. 4. Forma de pago. (i). Salvo que otra cosa se convenga expresamente por escrito, y, sin perjuicio de lo previsto en el subapartado (vii) siguiente, todos los pagos deberán efectuarse dentro de los 30 días siguientes a la fecha de emisión de la factura. En el caso de que la entrega del Producto al Cliente se produzca con posterioridad a la fecha de emisión de la factura, el referido plazo de días comenzará a contarse desde la fecha de entrega del Producto. Se entenderá como fecha de pago la de recepción efectiva del importe del precio que corresponda por parte de FBE. (ii). El retraso en el pago de las facturas por el Cliente dará lugar: (a) el cobro de una indemnización fija por gastos de cobro por importe de 40 EUR por factura impagada, (b) una penalización adicional del 10% del importe de las cantidades impagadas, (c) el vencimiento anticipado de cualquier factura emitida por FBE al Cliente y (d) el cobro de intereses de demora al tipo legalmente aplicable conforme a la normativa sobre morosidad en las operaciones comerciales vigente. A los efectos, del artículo 1.152 Código Civil Español, se establece que la cláusula penal no es sustitutoria de la indemnización por daños y el abono de intereses, por lo que, en caso de incumplimiento, FBE se reserva el derecho a exigir una indemnización para resarcir cualquier daño y perjuicio ocasionado. (iii). Salvo pacto en contrario, y sin perjuicio de una provisión de fondos, el Cliente deberá pagar el precio mediante un único pago en el plazo indicado. En el caso de que el pago se fraccione en plazos por acuerdo expreso y por escrito entre las partes, el impago de cualquiera de ellos comportará el vencimiento inmediato de todos los restantes, surgiendo entonces en FBE el derecho a reclamar la totalidad de la deuda pendiente de pago.

1.- Ámbito de aplicación. (i). Las presentes Condiciones Generales de Venta (“CGV”) se aplicarán a todos las ventas, suministros, servicios y, en general, prestaciones de dar y/o hacer que FRANS BONHOMME ESPAÑA S.L.U., (“FBE”) realice a cualesquiera persona, física o jurídica (“Cliente”), que contrate con aquélla la entrega de uno o varios productos (indistintamente, “Producto” o “Productos”), la prestación de algún servicio, y/o la realización de cualquier prestación de dar o hacer, cualquiera sea el modo y el soporte a través de los cuales se formen y perfeccionen tales relaciones. (ii). Las presentes CGV se aplicarán sin perjuicio de la existencia, respecto de operaciones concretas, de eventuales condiciones particulares entre las partes, las cuales deberán, para su validez, haberse aceptado expresamente y por escrito por FBE. Si existiera discrepancia entre las presentes condiciones y las condiciones particulares que puedan haberse convenido, prevalecerán estas últimas. (iii). Se excluye expresamente la aplicación de cualesquiera condiciones generales de las que el Cliente pueda servirse en sus relaciones comerciales, incluso en los supuestos en que las mismas no hayan sido rechazadas expresamente por FBE con respecto a alguna operación comercial en particular. Las presentes CGV se aplicarán por tanto incluso en aquellos casos en que el Cliente efectúe su pedido sin realizar ningún tipo de reserva, pero incorporando o haciendo referencia en el mismo a cualesquiera otras condiciones diferentes a las presentes. En el supuesto de que el Cliente fuera un consumidor con arreglo a la legislación aplicable, quedarán derogadas de las presentes CVG las disposiciones contrarias a la legislación carácter imperativo que fueran de aplicación en dicho caso. 2.- Ofertas, pedidos y documentación negocial. (i). Todos los pedidos deberán realizarse por escrito o a través de los mecanismos puestos a disposición del Cliente por parte de FBE, según lo indicado por ésta. (ii). Las ofertas y presupuestos de FBE no son vinculantes para ésta y, por consiguiente, están sujetas a modificaciones en tanto el pedido efectuado por el Cliente y, basado en una oferta o presupuesto, no sea confirmado por escrito por parte de FBE. (iii). Todo pedido requerirá, para que sea vinculante para FBE, de confirmación por escrito por parte de ésta. No habrá contrato sin dicha confirmación. (iv). No se aceptarán anulaciones de pedidos de Productos encargados y/o hechos a la medida del Cliente. La anulación de cualquier otro tipo de pedido estará siempre sujeta a la posibilidad de FBE de anular el pedido con sus respectivos proveedores. Todos los gastos derivados de la anulación serán de cuenta del Cliente. (v). Pertenecen a FBE todos los derechos de propiedad industrial y/o intelectuales correspondientes a la documentación que pueda, en su caso, entregarse al Cliente en relación con la negociación, formalización y/o ejecución del contrato, tales como cálculos, dibujos, planos, etc. También pertenecen a FBE, todos los derechos relativos a aquellos documentos etiquetados como confidenciales o que, en razón de su contenido, puedan considerarse como tales. El Cliente no podrá facilitar el acceso a las ofertas y a la documentación concerniente a las mismas salvo que cuente con el previo consentimiento por escrito de FBE. Toda la documentación concerniente a la oferta, tales como dibujos, cálculos, planos, etc., deberá ser restituida a FBE si ésta así lo solicita. (vi). Los precios ofertados para un destino u obra concreta, no serán extensibles ni aplicables al resto de obras del Cliente distintas de la presupuesta, ni para entregas anteriores a la fecha de estudio.

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