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Actualidad

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SEGURITECNIA

Junio 2017

El BOE hizo público el 12 de junio el

nuevo Reglamento de Instalaciones de

Protección contra Incendios (RIPCI). Con-

cretamente, hacía 24 años que no sufría

una actualización normativa.

Así, el nuevo RIPCI incorpora tanto las

exigencias derivadas de la implantación

de la legislación europea como la regula-

ción de los sectores que no estaban con-

templados en el reglamento actual y los

productos que no se encontraban ampa-

rados por normas armonizadas.

Entre los aspectos que regula este

nuevo marco normativo se encuentran:

Ámbitos de aplicación

Estarán sujetos a las disposiciones de este

reglamento tanto las empresas instalado-

ras como las mantenedoras de instalacio-

nes de protección contra incendios. Asi-

mismo, las exigencias técnicas de este re-

glamento se aplicarán a los fabricantes,

importadores, distribuidores u organis-

mos que intervengan en la certificación o

evaluación técnica.

Requisitos de los productos

Los equipos, sistemas y componentes

que conforman las instalaciones de pro-

tección activa contra incendios debe-

rán cumplir las condiciones y los requisi-

tos que se establecen en las normas de

la Unión Europea, en la Ley 21/1992, de

16 de julio.

Además, los productos (equipos, siste-

mas o sus componentes) de protección

contra incendios llevarán el marcado CE

siempre que dispongan de una especifi-

cación técnica armonizada, ya sea norma

armonizada o documento de evaluación

europeo. Los que no dispongan de es-

pecificación técnica armonizada debe-

rán justificar el cumplimiento de las exi-

gencias establecidas en este Reglamento.

Esta justificación se realizará mediante la

correspondiente marca de conformidad

a norma, concedida por un organismo

de certificación acreditado por la Entidad

Nacional de Acreditación (ENAC), que

cumpla las exigencias establecidas en

el Real Decreto 2200/1995, de 28 de di-

ciembre, por el que se aprueba el Regla-

mento de la Infraestructura para la Cali-

dad y la Seguridad Industrial.

Igualmente, los productos de pro-

tección contra incendios no tradiciona-

les o innovadores para los que no existe

norma y exista riesgo deberán justificar el

cumplimiento de las exigencias estable-

cidas en este Reglamento mediante una

evaluación técnica favorable de la idonei-

dad para su uso previsto, realizada por los

organismos habilitados para ello por las

administraciones públicas competentes.

Empresas instaladoras

La empresa deberá disponer:

De la documentación que identifique a

la empresa instaladora.

Tener personal contratado, adecuado a

su nivel de actividad.

Contar con los medios técnicos necesa-

rios para el desarrollo de su actividad, en

condiciones de seguridad.

Suscribir un seguro de responsabilidad

civil, avales u otras garantías financieras

que cubran los riesgos de su responsabi-

lidad respecto a daños materiales y per-

sonales a terceros, por una cuantía mí-

nima de 800.000 euros, sin que esta can-

tidad limite dicha responsabilidad.

De un certificado de calidad del sis-

tema de gestión de la calidad implan-

tado, emitido por una entidad de certi-

ficación acreditada, según los procedi-

mientos establecidos en el Reglamento

de la Infraestructura para la Calidad y

Seguridad Industrial, aprobado por Real

Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre.

El alcance del correspondiente certifi-

cado deberá incluir, explícitamente, el di-

seño, si procede, e instalación de todos

y cada uno de los equipos o sistemas

para los que se solicita la habilitación. En

el inicio de actividad, y por un periodo

máximo de un año, se considerará cum-

plido este requisito con la acreditación de

tener contratado el desarrollo e implan-

tación de dicho sistema de gestión de la

calidad, etc.

Entre otros aspectos que regulará este

nuevo reglamento también se hallan la

instalación, puesta en servicio y mante-

nimiento de instalaciones de protección

contra incendios, inspecciones periódicas

de instalaciones de protección contra in-

cendios, régimen sancionador y caracte-

rísticas e instalación de los equipos y sis-

temas de protección contra incendios.

S

Publicado el nuevo Reglamento de Instalaciones de

Protección contra Incendios