MANUAL GESTIÓN PÚBLICA PERÚ
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5. INVIERTE.PE: EL NUEVO SISTEMA QUE REEMPLAZARÁ EL SNIP
El Decreto Legislativo 1252 declaró el nacimiento de Invierte.pe, el nuevo
sistema de inversión pública en el Perú, nombrado Sistema Nacional de Programación
Multianual y Gestión de Inversiones, debido a la derogación de la Ley N°27293, Ley
del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP).
A partir del año 2017 se pondrá en uso el nuevo sistema invierte.pe, el cual
tiene como propósito asegurar la eficiencia y eficacia del proceso de descentralización,
así como agilizar y mejorar la ejecución de proyectos, pues de busca reducir tiempos
en inversiones de pistas, puentes y servicios. (Ver gráfico).
Principales diferencias que La Asociación de Inversión en Infraestructura
(AFIN) destaca entre invierte.pe y el desaparecido SNIP:
Se introduce la programación Multianual de Inversiones con énfasis en el cierre
de brechas de infraestructura, en concordancia con las proyecciones del Marco
Macroeconómico Multianual, así como el establecimiento de metas e indicadores de
resultado en un horizonte de 3 años a ser desarrollados por los Sectores, Gobiernos
Regionales y Locales.
La formulación y evaluación ahora representan una sola fase, es decir, se
restringe a los proyectos considerados en la Programación Multianual de Inversiones,
debiendo considerarse los recursos para la operación y mantenimiento del proyecto y
la forma de financiamiento.
La formulación se realiza a través de una ficha técnica, es decir, se requerirá
de un solo documento para la aprobación del proyecto a diferencia del SNIP que
solicitaba estudios de prefactibilidad y factibilidad.
Las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de
rehabilitación no constituyen un proyecto de inversión.
EL MEF sólo participa en la fase inicial correspondiente a la Programación de
Proyecto, brindando acceso al presupuesto y al final de la obra, para la comprobación
del cierre de brecha que establecía el proyecto.
Anteriormente, el MEF intervenía en las diferentes fases. En adelante, la
entidad que ejecuta la obra será responsable del proceso de formulación, evaluación y
funcionamiento.
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