MANUAL GESTIÓN PÚBLICA PERÚ

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En concordancia con la política de liberalización de la economía y la apertura

de los mercados a la competencia, se dictaron dispositivos legales con el objeto de

generar condiciones para promover la inversión privada en diferentes ámbitos de la

actividad económica. La consagración a nivel constitucional del principio de

subsidiariedad de la actividad empresarial del Estado potenció la política de

privatización (venta de acciones y activos) de empresas de propiedad estatal en favor

de capitales privados y aceleró el proceso de otorgamiento de concesiones para

actividades que habían venido siendo tradicionalmente desarrolladas precisamente por

las empresas estatales.

Para facilitar dicha política se efectuaron numerosas modificaciones a los

diversos regímenes legales que regulan las concesiones de recursos naturales y las

de servicios públicos, teniendo en cuenta que como producto del proceso de

promoción de la inversión privada vía la privatización y el otorgamiento de concesiones

la realización de dichas actividades económicas pasaba de estar en manos del

Estado, a través de las empresas de su propiedad, a ser desarrolladas por empresas o

concesionarios privados que requerían de un marco regulatorio adecuado que les

otorgase garantías de estabilidad y seguridad a sus inversiones.

A la par que se modernizó el régimen legal de los contratos de concesión, se

amplió y perfeccionó el régimen de los denominados contratos – leyes o convenios de

estabilidad jurídica, que adquirieron consagración constitucional en el artículo 62º de la

Carta de 1993.

Mediante este tipo de convenios el Estado se obliga contractualmente con los

inversionistas privados, que constituyen la contraparte, a garantizarles la estabilidad

de las reglas jurídicas vigentes al momento de suscripción del respectivo contrato.

Los contratos – leyes constituyen medidas de fomento del Estado para la

promoción de la inversión privada orientada a fines de interés general o a satisfacer

necesidades públicas, a la que se le otorga contractualmente la seguridad de que

determinado régimen jurídico permanecerá inalterable durante un período de tiempo,

de modo que las futuras modificaciones de la legislación con posterioridad a la

suscripción del respectivo convenio no les serán aplicables. El alcance de la

estabilidad jurídica otorgado por los contratos ley es variado dependiendo del marco

legal al amparo del cual se suscriben, puede comprender la estabilidad del régimen

jurídico de un solo tributo o del conjunto de tributos que gravan a un empresa, de las

normas laborales e incluso de las normas que configuran el marco regulatorio de la

empresa contratante.

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