MANUAL FINANZAS INTERNACIONALES

MANUAL FINANZAS INTERNACIONALES

Para facilitar la comprensión, éstas se pueden agrupar en cuatro categorías:

Contenido

Desarrollo

El vendedor pone las mercancías a disposición del comprador en sus propios locales El vendedor es responsable de la entrega de la mercancía en un medio de transporte designado por el comprador El vendedor contrata el transporte, pero no asume ningúnriesgo ni coste adicional por todo aquello que pueda ocurrir después de la carga o despacho de la mercancía El vendedor soporta todoslos gastos y riesgos necesarios para llevar la mecancía al país de destino

En el establecimiento del vendedor

Términos "E"

Sin pago del transporte principal

Términos "F"

Contratos de salida. Con pago del transporte principal

Términos "C"

Contratos de llegada

Términos "D"

18.3 Los riesgos y costes en las reglas incoterms

Desde que el vendedor inicia sus acciones para poner la mercancía a disposición del comprador se originan unos riesgos y costes cuya asunción por parte del comprador o vendedor dependerá de varios factores y que deberá definirse de la forma más clara posible en el contrato de compraventa. Por definición el vendedor corre con todos los riesgos de la mercancía hasta el punto de entrega convenido y en la fecha o dentro del periodo acordado, ya sea porque efectúa la entrega final en el destino acordado o porque se acordó la transmisión del riesgo en un punto, un periodo y una fecha determinados. A partir de ese momento es el comprador el que asume todos os riesgos relacionados con la mercancía. De la misma manera y en lo que se refiere a los costes, el vendedor debe soportar todos aquellos costes que se originen en la entrega de la mercancía hasta el punto de entrega convenido y en la fecha o dentro del periodo acordado. Así pues durante el circuito de entrega de la mercancía, el comprador y el vendedor deberán analizar, valorar y acordar con la máxima precisión quien corre con los riesgos y con los costes, cuales son éstos y en qué lugar y momento se efectúa la transmisión.

18.4 Las reglas incoterms y el seguro

Las reglas CIF y CIP son las únicas que hacen referencia expresa al seguro como una obligación. En ambas reglas, el vendedor está obligado a aportar un seguro que beneficie al comprador.

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