DBW Course_for_Safe_Boating 12.6.23 Spanish Update

Capítulo 5 u Prevención de Accidentes y Rescate

Ayuda en Caso de Accidente El operador de una embarcación que presencie o se vea implicado en un accidente es responsable de ayudar a las demás personas accidentadas siempre y cuando no ponga en peligro su embarcación, a su tripulación y a sus pasajeros. Cualquier persona que ofrezca ayuda de “buena fe”, sin que nadie se oponga a ello, no puede considerarse responsable de los resultados de esa ayuda. Reporte de Accidentes Si tiene un accidente de navegación, deberá reportarlo ante la División de Botes y Vías Acuáticas de California del Departamento de Parques Estatales o a la autoridad local de aplicación de la ley marítima. Puede ser la patrulla portuaria local, el alguacil del condado o la Guardia Costera. Si una persona muere, desaparece o necesita atención médica más allá de los primeros auxilios, el incidente debe ser reportado a la agencia de fuerzas del orden público responsable de la vía navegable. Reporte la siguiente información: ƒ Fecha, hora y lugar exactos del accidente ƒ Nombre de cada persona desaparecida, muerta o herida, y de las embarcaciones implicadas ƒ Nombres y direcciones del propietario, el operador y los pasajeros de todas las embarcaciones implicadas Se debe presentar un reporte formal ante la División de Botes y Vías Acuáticas de Parques Estatales de California: ƒ En un plazo de 48 horas si alguien desapareció o murió, o si una persona tiene lesiones que requieren algo más que primeros auxilios ƒ En un plazo de 10 días si el accidente implica daños de más de $500 o la embarcación es una pérdida total El operador de una embarcación implicado en un accidente que cause daños a una embarcación amarrada o a otra propiedad deberá notificarlo al propietario o a la persona encargada de la propiedad. Si el operador no puede localizar al propietario o al responsable de la propiedad, el operador implicado en el accidente deberá dejar un aviso por escrito en un lugar fácil de ver en la propiedad dañada. Esta notificación debe incluir el nombre y la dirección del operador y del propietario de la embarcación implicada, así como una declaración que describa lo sucedido.

RECUERDE No presentar un reporte de accidente de navegación según lo requerido es un delito menor y se castiga con una multa que no exceda $1,000 o prisión que no exceda los 6 meses o ambos.

SITIO WEB Para obtener información sobre el reporte de

accidentes y un formulario de accidentes rellenable en línea, visite dbw.parks.ca.gov/ AccidentReporting

Escanee el código QR para abrir el formulario de reporte de accidentes de navegación (BAR, por sus siglas en inglés) en línea.

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Curso de California para Navegación Segura

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