DBW Course_for_Safe_Boating 12.6.23 Spanish Update

Capítulo 2 u Ley de Navegación, Reglas de Navegación y Ayudas para la Navegación

Falsas Llamadas de Búsqueda y Rescate Cualquiera que informe a una agencia estatal o local que existe una emergencia sabiendo que el informe es falso es culpable de un delito menor y puede ser castigado con encarcelamiento en una prisión del condado hasta por un año, una multa de hasta $1,000 o ambos, encarcelamiento y multa. Una emergencia incluye cualquier condición que ocasione o pueda causar la respuesta de un funcionario público en un vehículo, embarcación o aeronave de emergencia autorizado. Es un delito grave que cualquier persona informe falsamente a cualquier agencia estatal o gubernamental que existe una emergencia cuando el informante sabe, o debería saber, que la respuesta al informe probablemente cause la muerte o lesiones corporales graves a alguien como resultado del informe falso. Edad del Operador en California ƒ Una persona debe tener 16 años de edad o más para operar una embarcación propulsada por un motor de más de 15 caballos de fuerza. Excepciones: No hay límite de edad para operar un velero de menos de 30 pies de largo (si usa el viento como fuente principal de propulsión) o un pequeño bote que se use directamente entre una embarcación amarrada y la costa, o entre dos embarcaciones amarradas. ƒ Las personas de 12 a 15 años de edad pueden operar cualquier embarcación propulsada por un motor de más de 15 caballos de fuerza, si están supervisadas a bordo por alguien de al menos 18 años de edad que tenga de una Tarjeta de Conducción de Embarcaciones de California, según lo exige la ley de California (Código de Puertos y Navegación 678.11.[B]2).

TOME NOTA Hacer un informe de emergencia falso es ilegal y puede impedir que los oficiales de las fuerzas del orden público respondan a emergencias reales.

SITIO WEB Para 2025, todas las personas que operen embarcaciones de motor en California deberán traer la Tarjeta de Conducción de Embarcaciones de California. Se aplican algunas excepciones. Para ver el calendario completo de incorporación paulatina por edad, visite: CaliforniaBoaterCard.com

PREGUNTAS DE REVISIÓN: LEY DE NAVEGACIÓN

Conteste estas preguntas encerrando en un círculo la V para verdadero o la F para falso. 1. La Guardia Costera hace cumplir la ley en aguas estatales y federales. F 2. Usted es responsable de obedecer las leyes de navegación que no conoce. . . . . . . . . . . . . . V F 3. El uso de una luz azul está reservado para las embarcaciones de las fuerzas del orden público. . . . . . V F 4. Los oficiales de las fuerzas del orden público pueden ordenar al operador de una embarcación inseguradirigirseatierra... .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .V F 5. Una persona condenada por cualquier infracción en movimiento mientras opera una embarcación deberá completar y aprobar un curso de seguridad de navegación. V F 6. No hay sanciones por hacer un informe de emergencia falso. . . . . . . . . . . . . . . . . . V F 7. Una persona debe tener al menos 12 años para operar una embarcación motora sin supervisión. . . . . . V F 8. Para 2025, todos los operadores de embarcaciones deberán llevar una Tarjeta de Conducción de Embarcaciones de California cuando naveguen en barco dentro del estado. . . . . . . . . . . . . V F 9. Se debe aprobar un curso autorizado por la DBW para obtener la Tarjeta de Conducción de Embarcaciones de California... V F Vaya a la página 100 para ver las respuestas correctas . V

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Curso de California para Navegación Segura

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