Manual de Estudio

De acuerdo con el Cuarto Informe de Evaluación Global publicado en 2007 por el Grupo Intergubernamental sobre Cambio Climático creado en el seno de Naciones Unidas, el calentamiento de la tierra es un fenómeno que en la actualidad se encuentra constatado. De acuerdo con las estimaciones que se citan en el documento, a lo largo de este siglo se generará un aumento en las temperaturas de entre 1,6 y 4 grados centígrados, dependiendo de las medidas que se adopten para evitarlo. España es un país especialmente vulnerable a este grave problema, pues de acuerdo con un informe elaborado por el Instituto Nacional de Meteorología las temperaturas podrían incrementarse en la península entre 5 y 8 grados dada nuestra situación geográfica, con un descenso de la nubosidad y la humedad de hasta un 40%. La creciente gravedad de la situación ha provocado la aparición de una pléyade de Convenios Internacionales, como la Convención de Viena de 1985 para la protección de la capa de ozono, el Protocolo de Gotemburgo de 1999 sobre contaminación transfronteriza y el Protocolo de Kyoto de 1997 que entró en vigor en 2005, que persigue la limitación de gases que producen el cambio climático, especialmente de los países más desarrollados. En cumplimiento del citado Protocolo se emitió la Directiva 2003/87/CE que establece un régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Unión. En España el texto normativo de referencia es la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero. Ésta responde a la idea de crear impuestos pigouvianos para combatir la externalidad negativa que es la contaminación. La Ley establece que la realización de actividades que se enumeran en la Ley y que implican la emisión de dióxido de carbono requerirá una autorización del órgano correspondiente de la Comunidad Autónoma. Estos derechos de emisión son a su vez susceptibles de reventa con lo que se genera un incentivo para su explotación sólo en actividades rentables que compensan el daño ecológico que generan. Actualmente el Real Decreto del Consejo de Ministros 1030/2007 distribuye los derechos de emisión hasta 2012. También debemos hacer referencia a la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera. Ésta tiene por objeto establecer las bases en materia de prevención, vigilancia y reducción de la contaminación atmosférica (artículo 1). Tras distribuir las competencias en la materia entre el Estado, las Comunidades Autónomas y las entidades locales se emplean diversas técnicas con el fin de reducir la emisión de gases a la atmósfera. La Ley impone la realización continuada de evaluaciones sobre la calidad del aire, permite que el Gobierno establezca límites absolutos para la generación de determinadas sustancias, obliga a los titulares de instalaciones contaminantes a que cumplan ciertos requisitos y contiene además un detallado régimen sancionador.

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