MANUAL SALUD OCUPACIONAL

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las instalaciones, y con los medios autorizados que, a petición del Director del centro de

formación, hayan sido fijados por la Jefatura Provincial de Tráfico al aprobar el curso.

Los demás ejercicios prácticos individuales, tales como los de primeros auxilios

y utilización de los distintivos de pre señalización de peligro, se realizarán en conexión con la

formación teórica, en el aula donde se impartan las clases teóricas.

El Art. 66 se ocupa de las convocatorias y los plazos entre ellas, expresando:

1. Cada solicitud de pruebas teóricas de control de conocimientos para obtener o

ampliar la autorización especial dará derecho a realizar las pruebas en dos convocatorias.

Entre convocatorias de un mismo expediente no deberá mediar más de seis meses.

Las fechas de las pruebas serán fijadas, a petición del interesado, por la Jefatura

Provincial de Tráfico que hubiera aprobado el curso, teniendo en cuenta las posibilidades del

servicio. La no presentación a cualquiera de las pruebas en las fechas fijadas dará lugar, salvo

casos debidamente justificados, a la pérdida de la convocatoria.

Las fechas de las pruebas de control de conocimientos para prorrogar la vigencia de la

autorización y las de los ejercicios prácticos individuales para obtener, ampliar o prorrogar

dicha autorización, que no puedan realizarse en el aula utilizada en el curso, serán fijadas, a

petición del Director del centro de formación, por la Jefatura Provincial de Tráfico al aprobar el

curso.

El Art. 67 informa sobre la forma de realizar las pruebas, indicando:

1. Las pruebas teóricas de control de conocimientos se harán de forma que se

garantice que el aspirante posee unos conocimientos adecuados. Con carácter general, las

teóricas (tan pronto como esté disponible esta posibilidad) se realizarán por procedimientos

informáticos. Para la realización de las pruebas, la Jefatura Provincial de Tráfico o el centro de

formación que haya impartido el curso facilitarán a los aspirantes cuestionarios cuyas

preguntas se extraerán de una relación elaborada por la Dirección General de Tráfico.

El número de preguntas de las que estarán formados los cuestionarios será el

que se indica en el anexo VI del Reglamento de Conductores. Éstas tendrán un grado variable

de dificultad y se les asignará una evaluación diferente.

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