Conocimientos técnidos IGB
5.2.4 Tuberías enterradas Los tramos enterrados de las instalaciones receptoras que discurran por el exterior de las edificaciones se llevarán a cabo según los métodos constructivos y de protección de tuberías establecidas en la UNE 60311. La UNE 60311 nos dice que la profundidad de enterramiento de las canalizaciones con presión ≤ 5 bar, deberá ser por lo menos igual a 0,50 m, estas son medidas entre la generatriz superior de la canalización y la superficie del terreno. Se considerarán profundidades mayores si existe riesgo de que las canalizaciones puedan ser deterioradas a consecuencia de trabajos agrícolas. Cuando la canalización se sitúe enterrada y próxima a otras obras o conducciones subterráneas, entre las partes más cercanas de las dos instalaciones debe disponerse de una distancia mínima de 0,2 m en los puntos de cruce y de 0,2 m en recorridos paralelos. Siempre que sea posible se deben aumentar estas distancias, de manera que se reduzcan los riesgos inherentes a la ejecución de trabajos de reparación y mantenimiento en una obra o conducción vecina.
Mínimo 0,5 m
Tubería de gas
Mínimo 0,20 m (cruce)
Tubería de gas
Otro servicio
Mínimo 0,20 m (curso paralelo)
Cuando por razones justificadas no pueda respetarse la profundidad de enterramiento, se debe diseñar la canalización para resistir los esfuerzos mecánicos a que vaya a ser sometida. Como medida adicional, pueden interponerse losas de hormigón o planchas entre la tubería y la superficie del terreno, para reducir las cargas sobre la tubería a niveles suficientes de seguridad. Cuando por causas justificadas no puedan respetarse las distancias mínimas entre servicios, debe interponerse entre ambos servicios materiales que proporcionen la suficiente protección mecánica, eléctrica, térmica o química.
Malla señalizador de la presencia de la tubería
G A S GA S G A S
Distancia inferior a la mínima
Protección
Tubería de gas
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