Conocimientos técnidos IGB

3. El recinto quedará reservado exclusivamente al almacenamiento de GLP, a las conducciones necesarias y a los elementos de mantenimiento y conservación precisos.

Prohibido almacenar en su interior materias fácilmente combustibles. 4. Toda conducción extraña deberá ir en vaina de acero “continua”.

5. La instalación eléctrica eventual que pudiera realizarse en el interior, cumplirá las normas establecidas (Reglamento electrotécnico de baja tensión, locales que presenten peligro de incendio o explosión, Clase 1, División 1 o 2). Interruptor al exterior y lámparas “antichispas”. Sobre la ventilación de las casetas, estas estarán dotadas de huecos de ventilación situados en zonas altas y bajas (a menos de 15 cm del nivel del suelo y de la parte superior de la caseta) con una amplitud mínima de 1/10 de la superficie de su piso. Las dimensiones no deben ser una superior al doble de la otra.

A

B ≤ 2 x A

B

Los armarios destinados a alojar los envases deberán estar provistos, en su base o suelo inferior, de aberturas de ventilación permanente con el exterior del mismo.

Caseta adosada a la edificación

Caseta encastrada a la edificación

La superficie libre de paso de la ventilación debe ser superior a 1/100 de la superficie de la pared o fondo del armario en que se encuentren colocados los envases, y de modo que una dimensión no sea mayor del doble de la otra.

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