MANUAL EMPRESA FAMILIAR

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9.4.1. SISTEMA DE ARBITRAJE

El arbitraje es un método privado para la solución de desavenencias en el que las partes interesadas se someten voluntariamente a la tutela de un tercero de su confianza—el árbitro— para que les escuche y resuelva definitivamente sus diferencias de criterio.

El arbitraje, por lo tanto, sirve para resolver disputas entre empresas o entre particulares.

9.4.2. VENTAJAS DEL ARBITRAJE

Simplicidad . La simplicidad es la característica más emblemática del arbitraje, y es posible gracias a la dedicación exclusiva del árbitro al asunto que las partes le hayan encomendado. Rapidez . Es posible disponer de un árbitro y fijar una fecha de audiencia en cuestión de diez días desde la fecha del inicio del arbitraje. La totalidad del procedimiento arbitral, desde la iniciación hasta el laudo, suele ser relativamente corto.

Flexibilidad . Ambas partes pueden elegir el número de árbitros, las fechas de audiencia y el lugar donde se celebrarán las mismas.

Imparcialidad . La imparcialidad del árbitro constituye la base fundamental del procedimiento arbitral. Los árbitros pueden ser recusados por las partes por las mismas causas que los jueces, (amistad con alguna de las partes o enemistad manifiesta, etc.).

Fuerza legal . En la mayoría de los países se confiere al laudo el rango de sentencia judicial firme.

Menor coste . El coste del arbitraje resulta menor que el de la intervención judicial ordinaria.

9.4.3. SISTEMA DE MEDIACIÓN

La mediación es un proceso por el que un tercero, experto y neutral, asiste a dos o más personas a buscar soluciones negociadas a su conflicto. La mediación basa su fundamento en la voluntad de las partes de dialogar, por muy distantes que sean sus respectivas posturas.

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