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Febrero 2016

Articulo Tecnico

Más información:

consultas@borrmart.es

Agradezco a la revista “Formación y Seguridad Laboral” el ofre-

cimiento para difundir en estas líneas el estudio que CEIM ha

realizado, con la financiación de la Fundación para la Prevención

de Riesgos Laborales (AT-0119/2014), sobre las cláusulas pre-

ventivas existentes en gran número de convenios colectivos pu-

blicados en los últimos doce meses.

Nos situamos, pues, en la línea de la Estrategia Española de

Seguridad y Salud en el Trabajo 2015-2020, ya que en su Prim-

er Plan de Acción 2015-2016 se obliga a empresarios y traba-

jadores a implicarse en el cumplimiento responsable de sus ob-

ligaciones preventivas. Una de las tres medidas que se han de-

sarrollado para ello es el “Análisis y diagnóstico de las cláusulas

incluidas en negociación colectiva en materia de prevención de

riesgos laborales”.

Para las organizaciones empresariales la negociación colec-

tiva, amparada en el artículo 37 de nuestra Constitución, jue-

ga un papel básico a la hora de unificar condiciones de traba-

jo en los distintos sectores o ramas de actividad y es el instru-

mento jurídico que posibilita aunar posturas del empresario y

de los representantes de los trabajadores, también en cuanto

a la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el cen-

tro de trabajo.

Dentro de la negociación colectiva es fundamental hacer hin-

capié en las cláusulas existentes relativas a la prevención de ries-

gos laborales, ya que para CEIM la prevención no es un elemen-

to más de nuestra actividad, sino una prioridad. Es lógico que en

el estudio hayamos pensado cómo la negociación colectiva pu-

ede encontrar en la prevención uno de los factores de compet-

itividad para las empresas porque incrementa la productividad

y mejora el clima laboral.

Disposiciones

Recordemos que el III Acuerdo por el

Empleo y la Negociación Colectiva se-

ñala que en los convenios “podrán in-

cluirse disposiciones relativas a los pro-

cedimientos de información y consulta

sobre los riesgos derivados de la con-

currencia de actividades empresariales

y los medios de coordinación estableci-

dos en tales supuestos, así como fomen-

tar mecanismos para facilitar la coordi-

nación de actividades empresariales en

materia preventiva, atendiendo a las di-

ficultades de cada sector”.

El empresario y los trabajadores han

de convivir en el ámbito de la empresa

en un ambiente seguro. Para ello es im-

prescindible una buena identificación de

los riesgos puramente laborales.

Cláusulas de prevención en la negociación

colectiva

Luis Méndez López

Director de Asuntos Laborales de CEIM

Para CEIM la prevención no es un

elemento más de nuestra actividad, sino

una prioridad