Conocimientos técnidos IGB

Donde: h es el rendimiento del aparato en % P u es la potencia útil en kW o kcal/h P n es la potencia nominal en kW o kcal/h Recuento de potencia de aparatos

El grado de gasificación de las viviendas y de los locales destinados a usos colectivos o comerciales es la previsión de potencia simultánea máxima individual con que se quiere dotar a las mismas. Dicho grado de gasificación de las viviendas será el que, de acuerdo con las previsiones de uso, determine el responsable del proyecto y dirección de obra, así como en su caso la petición expresa del usuario. Se establecen los siguientes grados de gasificación: ▪ ▪ Grado 1. Se prevé una potencia simultánea máxima individual de 30 kW (25,8 te/h). ▪ ▪ Grado 2. Se prevé una potencia simultánea máxima individual que está comprendida entre 30 y 70 kW (25,8 y 60,2 te/h). ▪ ▪ Grado 3. Se prevé una potencia simultánea máxima individual superior a 70 kW (60,2 te/h). Grado de gasificación de las viviendas Para determinar el grado de gasificación, en función de la dotación de aparatos a gas previstos en cada una de las viviendas existentes en un edificio, se debe utilizar la siguiente expresión: Donde: P siv es la potencia simultánea de la instalación individual de la vivienda A y B son los consumos caloríficos (referidos al H i ) de los dos aparatos de mayor consumo C y D son los consumos caloríficos (referidos al H i ) del resto de los aparatos 1,10 es el coeficiente corrector medio, función del H s y del H i del gas suministrado Debe asegurarse, como mínimo, la potencia de diseño correspondiente al grado 1 de gasificación. ! Para la potencia de diseño de la instalación individual de la vivienda, se debe asignar, como mínimo, el valor máximo de la potencia de diseño correspondiente al grado 1 de gasificación (30 kW). , 1 10 P A B siv C D 2 # g = + + + + b l

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