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Subdirector del área de

protección de datos de la

Dirección General de Justicia

de la Comisión Europea

Thomas Zerdick

Tras cuatro años de

negociaciones, la Unión

Europea ha publicado

el Reglamento Europeo

de Protección de

Datos Personales, que

deroga a la Directiva

vigente hasta ahora. Las

empresas tendrán dos

años para adaptarse

a un texto con un

amplio articulado que,

sin embargo, pretende

simplificar la gestión que

hacen las organizaciones

de los datos de los

ciudadanos europeos.

Así lo asegura Thomas

Zerdick, representante

de la Comisión Europea,

que explica algunas de

las claves del texto.

plimiento de los principios generales

de protección de datos; es decir, la

empresa debe garantizar la rendición

de cuentas.

¿Cuáles son las diferencias más

notables entre el Reglamento y la

Directiva que deroga?

Entre los nuevos detalles a los que

me refería, por ejemplo, ahora las

empresas deben respetar un periodo

de un mes para dar acceso a los

datos personales de un individuo.

Por otro lado, hay más detalles en

cuanto las obligaciones sobre cómo

informar y qué tipo de información

hay que dar al individuo. También hay

un derecho nuevo de portabilidad de

datos personales, la obligación de

notificar incidentes y, como decía, las

empresas necesitan asegurarse de

que sus procedimientos son compa-

tibles con la norma.

Destaca del articulado del

Reglamento la creación de una

“ventanilla única” para atender a

¿Cuáles son las claves del

nuevo Reglamento Europeo de

Protección de Datos Personales

para las empresas?

El principal beneficio es que tenemos

un texto legal válido en toda la UE.

Es decir, que no hay interpretaciones

ni respuestas exclusivamente nacio-

nales sobre los principios de protec-

ción de datos. Las leyes nacionales

sobre esa materia van a desaparecer

y en toda Europa vamos a contar

con un reglamento con los mismos

principios para todos. Algo que va a

simplificar muchísimo la vida de las

empresas.

Los principios relativos al trata-

miento de datos personales no cam-

bian mucho respecto a la anterior

normativa, pero hay más detalles.

La clave para las empresas será la

necesidad de nombrar a un encar-

gado del tratamiento, que será el

responsable de demostrar el cum-

Tx. y ft.: E.G.H.

“La clave del Reglamento es

la necesidad de nombrar a un

encargado del tratamiento”

protección de datos

entrevista

22 red seguridad segundo trimestre 2016