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Resumen de Normativa Laboral en Costa Rica

El Código de Trabajo costarricense (“Código de Trabajo”) rige legalmente toda relación laboral.

De acuerdo al Código, existe relación laboral cuando hay un intercambio de servicios por dinero

y existe supervisión y control sobre las tareas del trabajador”.

Los siguientes son algunos de los temas principales contenidos en las leyes aplicables, algunos

de los cuáles pueden incluirse en reglamentos internos de trabajo:

Los Derechos Básicos del Trabajador

La Constitución costarricense garantiza derechos básicos para los trabajadores. Tales

derechos son específicamente establecidos en la Constitución, el Código Laboral, otras

disposiciones legales y otras reglas. En general, esos derechos no pueden ser abandonados.

El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y las judicaturas del trabajo a todo lo largo del país

son responsables de asegurar conformidad de leyes laborales.

El Trabajador Extranjero

Las personas extranjeras sin estado de residencia y/o permiso laboral, no tienen permiso para

trabajar en Costa Rica. Empresas locales y extranjeras en Costa Rica pueden solicitar

autorización especial de la Oficina de Migración para traer a empleados temporales, ejecutivos

de alto rango y/o técnicos al país. En la práctica, las autoridades costarricenses son flexibles en

conceder permisos de trabajo para los trabajadores extranjeros capacitados.

Además, a partir del 31 de julio de 2014, aquellos patronos que contraten trabajadores ilegales

podrían verse expuestos a una multa de hasta cinco millones de colones, ir aproximadamente

$9,400 USD. (Con fundamento en el artículo 177 de la Ley General de Migración y Extranjería).

Contratos Laborales

Las leyes laborales no precisan contratos de empleo escritos. Los contratos de empleo son

contratos privados ejecutados entre el empleador y el empleado y no necesitan estar

registrados.

La terminación de empleo

Un empleador puede terminar un contrato de empleo con o sin justa causa (según se establece

específicamente en el Código de Trabajo). El trabajador siempre tiene derecho al pago de

cierta indemnización por despido o renuncia voluntaria. Ese pago corresponde a vacaciones y

Treceavo Mes/ aguinaldo. Las causas para la terminación están específicamente listadas en el

Código de Trabajo. Debe haber suficiente prueba de la justa causa para el despido (testigos o

documentos) en caso que el trabajador presente un reclamo o demanda. Toda acción

disciplinaria deberá tomarse dentro de los 30 días posteriores a la acción.