Table of Contents Table of Contents
Previous Page  48 / 84 Next Page
Information
Show Menu
Previous Page 48 / 84 Next Page
Page Background

48 red seguridad segundo trimestre 2016

prueba digital

opinión

Evidencia digital, clave en la

resolución de los procesos judiciales

Rafael Velázquez

Consultor legal TIC, Certified Data Privacy

Pofessional CDPP

de las obligaciones derivadas de un

contrato. Las evidencias digitales se

alojan en servidores de correo elec-

trónico, teléfonos móviles, disposi-

tivos USB, PDA, discos duros de

ordenadores de puestos de trabajo,

Internet, etc.

Aportar la evidencia digital como

medio de prueba en un proceso

es un derecho que contempla la

Constitución Española en el artícu-

lo 24.2. Conforme a éste, “todos

tienen derecho […] a utilizar los

medios de prueba pertinentes para

su defensa". Si esto no fuera así,

estaríamos ante una situación de

indefensión. Sin embargo, hay que

tener presente que la evidencia o

prueba digital hay que obtenerla de

manera lícita, pues según el artículo

11.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de

1 de julio, del Poder Judicial, “no

surtirán efecto las pruebas obteni-

das, directa o indirectamente, vio-

lentando los derechos y libertades

fundamentales". Precepto que hay

que conectar con el artículo 283.3

de la Ley de Enjuiciamiento Civil,

que sostiene: “nunca se admitirá

como prueba cualquier actividad

prohibida por la Ley".

En la investigación interna que una

compañía acomete para resolver

las cuestiones mencionadas ante-

riormente, las partes originariamen-

te implicadas son dos: la empresa

lectar, adquirir, preservar, analizar y

presentar la evidencia digital.

Para responder a cuestiones

como ¿qué sucedió?, ¿dónde se

materializó?, ¿por qué se produ-

jo?, ¿quién está implicado? o ¿en

qué momento tuvo lugar la inci-

dencia?, las empresas ponen en

marcha la pertinente investigación

interna, que se apoya habitualmente

en firmas dedicadas a la informática

forense. Compañías que cuentan

con profesionales especializados en

evidencias electrónicas y en ofre-

cer respuestas a las incidencias

de seguridad, que disponen de la

tecnología para operar en lugar de

los hechos y laboratorios donde se

analizan las copias de las evidencias

digitales.

La evidencia digital permite acre-

ditar hechos que conllevan efec-

tos jurídicos. A título de ejemplo,

éstos pueden ser: fugas de infor-

mación confidencial, alteración de

documentos electrónicos, empleo

sin autorización de creaciones pro-

tegidas por la propiedad industrial

o intelectual, actuaciones de com-

petencia desleal, etc. Los anterio-

res pueden desencadenar procesos

judiciales de tipo mercantil, civil,

laboral o social, administrativo y

penal. Sin embargo la evidencia

digital también puede evitarlos, pues

permite acreditar el cumplimiento

L

a

sociedad

digital

vinculada con

la sociedad de la información y la

del conocimiento –hoy en construc-

ción–, donde la información se crea

y almacena en formato digital y que

se sustenta en las tecnologías de la

información y la comunicación (TIC),

cuenta con características propias.

Éstas son, en esencia: la interactivi-

dad, la conectividad, la ubicuidad, el

dinamismo, la abolición de espacios

geográficos y temporales, la supe-

ración del perímetro de seguridad

corporativa. Ese camino que impli-

ca transitar de la realidad física a la

virtual, mientras conviven, plantea a

las empresas retos de tipo organi-

zativo, tecnológico, legal, probato-

rio, cultural, de seguridad, etc. De

cómo se resuelvan éstos depende

su asentamiento.

En el contexto de la sociedad

digital, las empresas necesitan recu-

perar correos electrónicos borrados,

certificar el contenido y el de los

archivos adjuntos, verificar quiénes

accedieron a los ficheros y entornos

web, identificar los dispositivos de

almacenamiento que se conectaron

a los sistemas de información, recu-

perar SMS borrados, conocer los

procesos empleados para destruir

la información, los métodos utiliza-

dos para ocultarla, etc. Esas tareas

forman parte de un análisis forense

digital, que implica: identificar, reco-