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Suplementaria de Materiales
Dispositivos de Seguridad
Requisito Para Todos Los Niños
La nueva Ley de Tránsito de Costa Rica aprobada desde el 23 de setiembre del 2009, ha
sufrido cambios adicionales aprobados el pasado 28 de abril de 2014, especifica requisitos
para el uso de los dispositivos de seguridad para transportar niños menores de 12 años. Esta
regulación obliga a los padres de familia (y aquellos que transportan a menores de edad) a
utilizar el dispositivo respectivo de acuerdo a edad, peso y estatura; además determina dónde
deben colocarse dichos dispositivos.
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Recién nacido a 1 año de edad, peso máximo 13kg y estatura máxima de 75 cm:
Deben viajar en un porta-bebé asegurado en el centro del asiento trasero. El bebé
deberá ver hacia atrás y la agarradera del porta-bebé debe estar asegurada por debajo
del nivel de la cabeza
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Niños de 1 a 4 años peso entre 9 y 18kg y estatura máxima de 110 cm:
Deben viajar
en un asiento de seguridad con protección lateral que vea hacia l frente y asegurado en
el centro del asiento trasero del vehículo
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Niños de 4 a 6 años, peso entre 15 y 25 kg y estatura entre 110 y 145 cm:
Deben
viajar en un ¨booster¨ con respaldar que permita que el cinturón del automóvil se ajuste
sobre la clavícula y la pelvis y la cabeza no debe sobrepasar el borde del respaldar del
booster. Su sitio será en las posiciones laterales del asiento trasero, sujetos por el
cinturón de tres puntos del vehículo. Los boosters no deben ubicarse en el centro de los
asientos traseros, en donde solamente existe el cinturón de regazo y no los cinturones
de tres puntos