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Suplementaria de Materiales

Dispositivos de Seguridad

Requisito Para Todos Los Niños

La nueva Ley de Tránsito de Costa Rica aprobada desde el 23 de setiembre del 2009, ha

sufrido cambios adicionales aprobados el pasado 28 de abril de 2014, especifica requisitos

para el uso de los dispositivos de seguridad para transportar niños menores de 12 años. Esta

regulación obliga a los padres de familia (y aquellos que transportan a menores de edad) a

utilizar el dispositivo respectivo de acuerdo a edad, peso y estatura; además determina dónde

deben colocarse dichos dispositivos.

+

Recién nacido a 1 año de edad, peso máximo 13kg y estatura máxima de 75 cm:

Deben viajar en un porta-bebé asegurado en el centro del asiento trasero. El bebé

deberá ver hacia atrás y la agarradera del porta-bebé debe estar asegurada por debajo

del nivel de la cabeza

+

Niños de 1 a 4 años peso entre 9 y 18kg y estatura máxima de 110 cm:

Deben viajar

en un asiento de seguridad con protección lateral que vea hacia l frente y asegurado en

el centro del asiento trasero del vehículo

+

Niños de 4 a 6 años, peso entre 15 y 25 kg y estatura entre 110 y 145 cm:

Deben

viajar en un ¨booster¨ con respaldar que permita que el cinturón del automóvil se ajuste

sobre la clavícula y la pelvis y la cabeza no debe sobrepasar el borde del respaldar del

booster. Su sitio será en las posiciones laterales del asiento trasero, sujetos por el

cinturón de tres puntos del vehículo. Los boosters no deben ubicarse en el centro de los

asientos traseros, en donde solamente existe el cinturón de regazo y no los cinturones

de tres puntos