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Junio 2017
proteccion cabeza ocular auditiva y respiratoria
Más información:
consultas@borrmart.esBibliografía.
1. Vaquero-Crespo J. Traumatismos craneoencefálicos. En:
Neurología Extrahospitalaria. Madrid, 2004. Ed. A. Alayón,
págs.457-477.
2. Martínez-Pérez R, Paredes I, Munarriz PM et al. Encefalopa-
tía crónica postraumática: aquella gran desconocida. Neurolo-
gía. 2017;32(3): 185-191.
3. Campdelacreu J. Enfermedad de Parkinson y enfermedad de
Alzheimer: factores de riesgo ambiental. XII Reunión Anual
del Grupo de Neurología del Trabajo de la SEN. Barcelona,
2011.
http://neurologiadeltrabajo.sen.es/pdf/ponencia2011f.pdf4.Quera-Salva MA, Leger D. Trastornos del sueño en pobla-
ción laboral ocupada. Curso de formación continuada. Grupo
de Neurología del Trabajo de la Sociedad Española de Neuro-
logía. Barcelona, 2008.
http://neurologiadeltrabajo.sen.es/cur- so_nt_2008.htm5. Ortells-Ramon L, Tapiador-Sanjuán MJ, Vázquez-Espierrez C.
Determinación de contingencia en patología cerebrovascular
aguda. Reunión del Grupo de Neurología del Trabajo de la
SEN. Barcelona 2007.
http://neurologiadeltrabajo.sen.es/pdf/draortells_2007.pdf6. Tejero-Juste C. Casuística hospitalaria de ictus en pobla-
ción activa. Formas clínicas de presentación. Reunión del Gru-
po de Neurología del Trabajo de la SEN. Barcelona, 2007.
http://neurologiadeltrabajo.sen.es/pdf/drtejero_2007.pdf7. Gil-Núñez A. Los diferentes factores de riesgo laboral y su
impacto en el ictus ocupacional. Grupo de Estudio de Neuro-
logía del Trabajo de la SEN. Barcelona, 2007.
http://neurologia- deltrabajo.sen.es/pdf/gil_2007.pdf.causas mencionadas, se puede realizar prevención específica de
posibles AT y, en cualquier caso, pautas que fácilmente se po-
drían adoptar en la mayoría de puestos de trabajo:
a) Prevenir el riesgo de una mala adaptación al trabajo noc-
turno.
b) Detectar precozmente patología del sueño subyacente.
c) Favorecer una buena higiene del sueño y realizar siesta si se
precisa.
d) Regular adecuadamente la iluminación del puesto de traba-
jo (4).
3. Los ictus en jornada laboral.
Los criterios actuales para considerar un ictus como AT son:
“las enfermedades de súbita aparición, como infarto agudo de
miocardio, angor o ictus que acontecen en el lugar y tiempo de
trabajo, la existencia de presunción de laboralidad y el no po-
der descartar la influencia de factores laborales” (5). A este res-
pecto ya existe una jurisprudencia consolidada que determina
que quien se oponga a la calificación del ictus como AT será el
que deberá probar que no tiene ninguna relación con el traba-
jo y, en consecuencia, no existe presunción de laboralidad. Al
invertir la carga de la prueba, se está reconociendo de antema-
no que no se pueden descartar la influencia de factores labora-
les como desencadenantes.
Para conocer los criterios de laboralidad que algunos ictus
cumplen, reconocerlos como AT y detectar posibles factores
desencadenantes, además de otros objetivos, se realizó un es-
tudio retrospectivo en una muestra de 1.234 pacientes, tras el
alta hospitalaria (6). De los resultados, destacan los autores del
trabajo que, en esta muestra de trabajadores, la frecuencia de
ictus en relación con el puesto de trabajo y horario laboral es
de un 23,7%. De ellos, el 86,5% se produjo en jornada laboral
y el 13,5% “in itínere”; predomina el ictus hemorrágico frente al
ictus isquémico. El 87,7% eran varones.
En ocasiones el ictus está provocado por una disección ca-
rotídea traumática, con mayor frecuencia de la carótida ex-
tracraneal, tras un traumatismo cervical anterior; pero si el
traumatismo es a nivel cervical posterior, se puede provocar
una disección de la arteria vertebral. Con menos frecuencia
también hemos visto fístulas carótido-cavernosas, atribuibles
a traumatismos craneales menos graves, por caídas al mismo
o diferente nivel.
Es preciso hacer hincapié en el estrés como factor de riesgo
vascular independiente, pero las dificultades para su identifica-
ción como tal persisten y es mayor aún la dificultad para su con-
trol en el trabajo. No obstante, los expertos y responsables de
las unidades de ictus no parecen tener ninguna duda de que el
estrés laboral incrementa el riesgo cardiovascular y es un factor
de riesgo potencial de ictus, en relación con hábitos de vida in-
adecuados, hipertensión arterial, depresión o síndrome meta-
bólico. Consideran también que el estrés laboral es tratable y
que se deben realizar programas de educación para la salud; en
definitiva, prevenir el ictus en el lugar de trabajo (7).




