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SEGURITECNIA

Junio 2017

Seguridad Corporativa

vamente que en la formación de los fu-

turos directores de Seguridad se inclu-

yan módulos relacionados con la pro-

tección de las infraestructuras críticas,

ya que así dicha figura profesional “po-

drá adquirir una serie de conocimientos

sobre la Ley PIC, las obligaciones de los

operadores críticos y cómo ha de ser la

cooperación con la Administración”.

Y junto a la formación, Ana Borredá

señaló que otra de las interrogantes

que desea despejar el sector es cómo

va a establecer el Reglamento la de-

legación de funciones por parte del

director de Seguridad. Sobre dicho

asunto, reflejado en el artículo 36 de la

Por Bernardo Valadés

T

eniendo en cuenta que la

nueva Ley de Seguridad Pri-

vada data de abril de 2014, no

es de extrañar que los profesionales del

sector ansíen que su correspondiente

texto reglamentario se apruebe cuanto

antes con el fin de despejar algunas de

las dudas que plantea la norma. Por di-

cho motivo, el programa de la jornada

“Hacia un nuevo modelo de Seguridad

Corporativa” incluyó un panel dedicado

al futuro Reglamento de Seguridad Pri-

vada con el objetivo de esclarecer, en la

medida de lo posible, cómo influirá el

mismo en la figura del director de Se-

guridad y la protección de las infraes-

tructuras críticas.

Moderado por

Ana Borredá

, direc-

tora de

Seguritecnia

, en él tomaron

parte el comisario

Manuel Yanguas

,

actualmente jefe accidental de la Uni-

dad Central de Seguridad Privada del

Cuerpo Nacional de Policía (aunque du-

rante la jornada aún era responsable

de la Brigada de Empresas y Personal),

el coronel

Andrés Sanz

, jefe del Ser-

vicio de Protección y Seguridad (SE-

PROSE) de la Guardia Civil, y

José Igna-

cio Carabias

, jefe de Operaciones del

Centro Nacional para la Protección de

El Reglamento de Seguridad Privada, más cerca

A través de un discurso mesurado, representantes de la Administración intentaron esclarecer, en la medida de lo

posible, cómo desarrollará el futuro Reglamento de Seguridad Privada cuestiones relativas a la figura del director

de Seguridad y la protección de las infraestructuras críticas.

las Infraestructuras Críticas (CNPIC). Los

tres abordaron temas de sumo interés,

como, por ejemplo, qué tipo de forma-

ción exigirá el Reglamento a quienes

deseen ejercer la labor de director de

Seguridad.

Formación y delegación

Al respecto, Manuel Yanguas avanzó

que, en la actualidad, el documento

consolidado que obra en poder de la

Secretaría de Estado de Seguridad con-

templa tres opciones de formación.

“Por un lado se encuentra el curso re-

conocido por el Ministerio del Interior

y que en algunos centros educativos

podría ser impartido como máster –

adquiriendo así la condición de pos-

grado–, por otro el grado universitario

y, finalmente, las pruebas que se reali-

zan en la UCSP. En el caso del primero,

nuestra propuesta es que se desarrolle

en, al menos, 600 horas y se articule en

torno a más de 200 temas, entre ellos

los relativos a las infraestructuras crí-

ticas y la ciberseguridad. Y en cuanto

al segundo, si bien no es competen-

cia nuestra regularlo, su contenido de-

bería ser superior al del citado curso o

máster”, explicó.

Tras la intervención del comisario jefe,

José Ignacio Carabias valoró muy positi-

Manuel Yanguas (UCSP).