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SEGURITECNIA

Octubre 2014

Control y Gestión de Alarmas

como personal acreditado, la impor-

tante labor que realiza un operador de

seguridad. Por ello, estamos a la espera

de que el Reglamento defina los crite-

rios para acreditar al operador de se-

guridad. Desde la publicación de la Or-

den Ministerial en 2011, que establece

los criterios para considerar una alarma

confirmada, el operador goza de mayor

seguridad a la hora de tramitar. Espere-

mos que el futuro reglamento refrende

estos criterios.

Por el contrario, no podemos estar de

acuerdo con el régimen sancionador

que ha establecido la nueva Ley. Nos

parece desproporcionado e injusto, ya

que, de aplicarse, conllevaría la desapa-

rición de muchas empresas, y no creo

que ese sea el ánimo de la Administra-

ción.

4.

El Reglamento debe incluir y ha-

cer referencia a la prestación de servi-

cios como plataforma tecnológica para

back up

de sistemas informáticos, de ví-

deo, domótica, control accesos, intru-

sión Grado 1, así como cualquier otro

sistema gestionado de forma remota

por el cliente utilizando las infraestruc-

turas de la CRA. Creemos que el futuro

puede ir por este camino.

También, deben limitarse muy bien

cuáles son las obligaciones y responsa-

bilidades de las empresas de seguridad

y las de los usuarios. Parece que lo más

fácil es arremeter contra las empresas

en el cumplimiento de dichas obliga-

Las comunicaciones siguen siendo

uno de los puntos débiles del sistema

de seguridad y sólo la implementación

de la comunicación IP cableada puede

minimizarlo.

Por último, creo que habría que dar

mayor agilidad a la implantación de la

administración electrónica de cara a las

obligaciones que las CRA, en particu-

lar, y las empresas de seguridad privada,

en general, tenemos que cumplir: co-

municaciones electrónicas de contratos

mediante interfaces entre Segurpri y las

aplicaciones informáticas de las empre-

sas, los libros electrónicos y las notifica-

ciones electrónicas. Todo ello recogido

en el Proyecto Placer, encuadrado en el

Plan Estratégico de Segurpri, que espe-

remos vea la luz muy pronto.

2.

Ahora todo se realiza por comuni-

cación telefónica. Nos parecen muy in-

teresantes los pasos que está dando la

Unidad Central de Seguridad Privada

para modernizar la comunicación de

las alarmas mediante el procedimiento

Proceda, que automatiza la notificación

de alarmas. Se conseguirá mayor agi-

lidad a la hora de interactuar entre las

CRA y las FCS. No obstante, habrá que

trabajar en la garantía de seguridad de

dichas comunicaciones, para evitar pro-

blemas de comunicaciones de alarmas

y que no lleguen a su destino.

3.

Estamos muy satisfechos de que

se haya reconocido en la Ley, aunque

Óscar Téllez Carbajo

Director de Seguridad, RRII y Asesoría

Jurídica de Stanley Security España

“Es necesario

desarrollar más los

requisitos de acceso a

la figura de operador de

CRA”

1.

El modelo de gestión y control de las

alarmas por parte de las CRA se encuen-

tra cada vez más ligado a la tecnología,

por lo que una adecuación del parque

de sistemas electrónicos de seguridad,

no sólo a las novedades tecnológicas

sino especialmente a la Orden Ministe-

rial 316/2011 de 1 de febrero, supliría en

gran parte los obstáculos con los que

se encuentran las centrales receptoras

a la hora de recibir y, sobre todo, ges-

tionar y comunicar las señales o activa-

ción de alarmas recibidas. Las empresas

lo llevan ofertando desde hace ya varios

años y los usuarios, dentro de sus posi-

ciones, cuando en realidad corresponde

a los clientes responder de ellas.

Por último, en relación con los man-

tenimientos remotos, sugerimos que

sean consecuentes con la realidad del

momento y no pidan cosas imposibles,

ya que ellos ven el trabajo que pueden

realizar las CRA.

S